SIN INFORMACION

NERESTANT MARCELIN/ SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

19 de agosto de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA/COMUNICAR

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Nerestant Marcelin, haitiano, auxiliar, C.I. para extranjeros N°23.025.948-8, quien deduce acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la dictación de la Resolución Exenta N° 25367624, de fecha 3 de julio de 2025, del Servicio Nacional de Migraciones, por medio de la cual se rechazó la solicitud de residencia temporal de su hija Rose Madeline Nerestant, pasaporte N° 11399979, por no haber acompañado el certificado de antecedentes del país de origen. Solicita se deje con efecto dicha resolución, para poder enviar el certificado de antecedentes del país de origen. Refiere que lleva viviendo hace mucho tiempo en Chile y que gracias a su trabajo ha podido mantener económicamente a su hija, y que la situación económica de Haití hace muy compleja la vida de su hija allá. Agrega que ella envió el certificado de antecedentes de su hija vía Correos de Chile el 26 de mayo de 2025, por lo que no entiende el motivo del rechazo de la residencia temporal de su hija, por lo que pide que la recurrida revise su situación, pues los documentos ya están en el sistema del Servicio de Migraciones. Acompaña en su presentación, el certificado de antecedentes de su hija, emitido en Haití, traducido, legalizado y apostillado, boleta de Correos de Chile sucursal Plaza de Armas, Santiago, de fecha 23 de mayo de 2025, certificado de matrícula de su hija en el Centro de Formación Técnica Servicio de Capacitación “Educa SpA”, con sede en Santiago, en el curso “Computación Office y Alfabetización Digital”, válido hasta el 6 de noviembre de 2025, copia de la resolución impugnada, declaración jurada notarial del recurrente, domiciliado en calle Brasil N° 657, comuna de Quilicura, ciudad de Santiago, quien declara que su hija Rose Madeline Nerestant vivirá a sus expensas en el domicilio señalado, asumiendo todos sus gastos de mantención mientras dure su estadía en Chile, exte

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de amparo, SE ACOGE, la acción constitucional de amparo interpuesta por don Nerestant Marcelin, en favor de su hija Rose Madeline Nerestant, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dejándose sin efecto la Resolución Exenta N° 25367624, de fecha 3 de julio de 2025, y, en su lugar, se dispone que el Servicio Nacional de Migraciones deberá reanudar la tramitación de dicha solicitud, citando presencialmente al padre de la amparada, don Nerestant Marcelin, dentro de plazo de 10 días, donde deberá informársele de todos los documentos que deberá allegar, recibir aquellos que aporte en dicha oportunidad y otorgar un nuevo plazo, no inferior a 90 días hábiles, para que cumpla con los requisitos que se formularen. Cumplido lo anterior, analizará en su conjunto todos los antecedentes allegados, debiendo dictar dentro del plazo de 30 días hábiles la resolución que en derecho corresponda, debidamente fundada. Dejase sin efecto la orden de no innovar decretada en autos, una vez ejecutoriada la presente sentencia. Se previene que el ministro don Gerardo Bernales Rojas, estuvo, además, por condenar en costas a la recurrida atendida la falta de prolijidad en su informe, que estableció por un lado que tenía orden de abandono vigente y, por otro que la amparada estaba fuera del país. Regístrese, comuníqu

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, diecinueve de agosto de dos mil veinticinco VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Nerestant Marcelin, haitiano, auxiliar, C.I. para extranjeros N°23.025.948-8, quien deduce acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la dictación de la Resolución Exenta N° 25367624, de fecha 3 de julio de 2025

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