INSTITUTO DE SEGURIDAD DEL TRABAJO/INSPECCION COMUNAL DE TRABAJO SANTIAGO ORIENTE
Rol
Fecha
19 de agosto de 2025
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Por sentencia dictada con fecha veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro, en causa RIT I-15-2024, seguida ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se resolvió rechazar en todas sus partes la reclamación judicial interpuesta por el Instituto de Seguridad del Trabajo en contra de la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Oriente, manteniendo la validez de la Resolución Exenta N°786 de fecha 14 de diciembre de 2023, la cual confirmó la multa administrativa N°7738/2022/28 por 60 UTM impuesta a dicha institución. Contra dicho fallo recurrió la parte reclamante, esto es, el Instituto de Seguridad del Trabajo, por la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, infracción manifiesta de normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, en relación con el artículo 456 del mismo cuerpo legal. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso de nulidad ha sido interpuesto por el Instituto de Seguridad del Trabajo, fundado en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, en relación con el artículo 456 del mismo cuerpo legal, esto es, por haberse dictado la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. El recurrente sostiene que el
Fallo
fallo recurrió la parte reclamante, esto es, el Instituto de Seguridad del Trabajo, por la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, infracción manifiesta de normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, en relación con el artículo 456 del mismo cuerpo legal. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso de nulidad ha sido interpuesto por el Instituto de Seguridad del Trabajo, fundado en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, en relación con el artículo 456 del mismo cuerpo legal, esto es, por haberse dictado la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. El recurrente sostiene que el fallo impugnado incurre en vicio al desestimar, sin la debida fundamentación lógica y jurídica, los antecedentes probatorios que acreditaban el cumplimiento de las obligaciones contractuales respecto del pago de las remuneraciones de la trabajadora Yessenia Evelyn Santibáñez López, durante el mes de septiembre de 2022. Alegó que tales pagos fueron realizados en diferentes fechas, lo cual obedecía al régimen de licencias médicas continuas que afectaba a la trabajadora y al procedimiento establecido con la Caja de Compensación La Araucana. Sostiene que el sentenciador no valoró conforme a la sana crítica las prueba
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Santiago, diecinueve de agosto de dos mil veinticinco. VISTOS: Por sentencia dictada con fecha veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro, en causa RIT I-15-2024, seguida ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se resolvió rechazar en todas sus partes la reclamación judicial interpuesta por el Instituto de Seguridad del Trabajo en contra de la Inspección Comunal del Trabajo S
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