JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE CURACAUTIN

MP MP MP C/ ALEJANDRO MARTIN MARDONES

Rol

Fecha

19 de agosto de 2025

Materia

CONTRABANDO DE DINERO. ART.168 BIS DFL 30

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Fallo

Por estas consideraciones y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 5, 122, 139, 140, 149 y 155 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de once de agosto de dos mil veinticinco, dictada por la jueza de garantía de Curacautín, Sra. Marcela Blay Valenzuela, y, en su lugar, decretar respecto del imputado Alejandro Martín Mardones las siguientes medidas cautelares de las letras a) y d) del artículo 155 del Código Procesal Penal a) Arresto domiciliario total en el domicilio de calle Pablo Neruda 90, villa Alborada, ciudad de Melipeuco u otro que fije el imputado dentro del territorio nacional, y, b) Arraigo nacional, prohibiéndosele salir del país sin autorización.- Agréguese a la carpeta digital y devuélvase. Rol N° Penal-1016-2025.(jog)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, diecinueve de agosto de dos mil veinticinco. Al folio 3: A lo principal, al primer y segundo otrosí: Téngase presente. Al folio 4: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. VISTO, OIDO Y DELIBERADO ESTA CORTE SOBRE LAS ARGUMENTACIONES PLANTEADAS EN ESTRADO POR LOS INTERVINIENTES, POR UNANIMIDAD DE SUS INTEGRANTES, RESUELVE. 1. Que no se ha discutido por la defensa en

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