LOUISSAINT SIMSON Y OTRO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
19 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADO
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece Carla Cañón Rubio, abogada, en representación de Simson Louissaint, de nacionalidad haitiana, quien interpone recurso de amparo en favor del hijo de este último, el niño Mike-Sonley Carter Louissaint, de misma nacionalidad y de 10 años de edad, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por encontrarse impedido de ingresar a Chile, pese a haber obtenido la residencia temporal de reunificación familiar, lo que afecta el derecho a la libertad personal del amparado, garantizado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política. Explica que se ingresó la solicitud de residencia por reunificación familiar en favor del amparado, cumpliendo con todos los requisitos, ya que tiene vínculo familiar con residente y es menor de edad, siendo esta otorgada mediante resolución de 22 de abril de 2024, y posteriormente descargaron el estampado electrónico respectivo, contando con 90 días para ingresar a Chile, a contar del 25 de junio de 2024. Sin embargo, lamentablemente el menor de edad no pudo ingresar a territorio nacional, ya que su padre no pudo comprar el ticket de viaje para que su hijo pudiera viajar. Afirma que el amparado necesita ingresar a Chile para reencontrarse con su padre, pero lamentablemente el estampado electrónico se encuentra vencido, e ingresar una nueva residencia requiere de mucho tiempo e inversión. Pide que se acoja el recurso y se deje sin efecto la negativa de ingreso a Chile, ordenando a la autoridad migratoria recurrida permitir la entrada del niño al país. Acompaña pasaporte del amparado y de su padre, acta de nacimiento del niño, estampado electrónico y cédula de identidad para extranjeros del padre del niño. A folio 6, comparece Eduardo Pizarro Ciangarotti, abogado, en representación del Servicio Nacional de Migraciones, quien explica que los extranjeros que obtienen la residencia temporal fuera de Chile, poseen 120 días hábiles para descargar el Estampado Electrónico, y una vez descargado disponen de 90 días
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, por la vía del presente recurso de amparo, se cuestiona que el hijo del recurrente se encuentra impedido de ingresar Chile por haber vencido el plazo para efectuarlo desde que descargó el estampe electrónico, ya que su padre no pudo comprar el pasaje aéreo para que su hijo pudiera viajar, no obstante que el Servicio Nacional de Migraciones le otorgó la residencia temporal de reunificación familiar por el plazo de dos años. Segundo: Que, para resolver el asunto sometido a conocimiento de esta Corte, cabe tener presente lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 72 de la Ley 21.325: “Los titulares de residencias temporales otorgadas fuera de Chile dispondrán de un plazo de hasta noventa días corridos para ingresar al país en dicha categoría, contado desde que éstas hayan sido incorporadas al pasaporte, documento de viaje o registro.”. Por su parte, los incisos segundo y tercero del Decreto N°296, que aprueba el reglamento de la Ley 21.325, prescriben: “Los titulares de residencias temporales otorgadas a personas que se encuentran fuera de Chile dispondrán de un plazo de hasta noventa días corridos para ingresar al país en dicha categoría, contado desde la fecha en que estas hayan sido descargadas desde el sistema electrónico del Servicio. Si habiendo transcurrido ciento veinte días hábiles desde la fecha en que se notifica mediante correo electrónico al extranjero que su permiso se encuentra disponible para su descarga este no realiza tal acción, dicho permiso perderá su eficacia, y en caso de tener interés en contar con un permiso de residencia temporal deberá efectuar una nueva postulación de acuerdo a las reglas generales.”. Tercero: Que, atendido el tenor expreso de las normas transcritas precedentemente, y el reconocimiento del recurrente de que su hijo no pudo ingresar al país al encontrarse impedido de comprar el pasaje aéreo desde Haití a Chile, solo cabe descartar cualquier actuación u omisión ilegal de parte del Servicio Nacional de Migraciones, pues el hecho que ocasionó que el amparado no pudiera viajar a Chile desde su país de origen, dentro del plazo de 90 días corridos desde que descargó el estampe electrónico, es una circunstancia o impedimento que en ningún caso puede ser imputable a la recurrida, máxime cuando el plazo para ingresar al país emana de la ley y no es determinado por la autoridad migratoria, todo lo cual, lleva a desestimar el recurso, al no cumplirse con uno de los requisitos básicos para la procedencia de esta acción constitucional, conforme lo establece el artículo 21 de la Constitución Política de la República.
Fallo
Por estas consideraciones, y lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido por Simson Louissaint, en favor del niño Mike-Sonley Carter Louissaint, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2745-2025.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecinueve de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, comparece Carla Cañón Rubio, abogada, en representación de Simson Louissaint, de nacionalidad haitiana, quien interpone recurso de amparo en favor del hijo de este último, el niño Mike-Sonley Carter Louissaint, de misma nacionalidad y de 10 años de edad, en contra del Servicio Nacional de Migraciones,
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