ANONIMIZADO
Rol
Fecha
18 de agosto de 2025
Materia
DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que la incompetencia del 4° Juzgado de Familia de Santiago, se funda en que el domicilio de la demandada se encuentra en la comuna de Antofagasta. 2°) Que el artículo 60 inciso 3° de la Ley 19.968 dispone que, en el caso que el demandado este domiciliado fuera del territorio jurisdiccional del tribunal, prevé la notificación por exhorto de la demanda de que se trata y la contestación ante el juzgado correspondiente a dicho domicilio. 3°) Que por otra parte, tratándose de una incompetencia de carácter relativa, resulta improcedente que el Juez la declarara de oficio. Por estas consideraciones y visto, además lo dispuesto en...
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además lo dispuesto en...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de agosto de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que la incompetencia del 4° Juzgado de Familia de Santiago, se funda en que el domicilio de la demandada se encuentra en la comuna de Antofagasta. 2°) Que el artículo 60 inciso 3° de la Ley 19.968 dispone que, en el caso que el demandado este domiciliado fuera del territorio jurisdiccional del tri
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica