JUZGADO DE FAMILIA PUENTE ALTO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

18 de agosto de 2025

Materia

RELACION DIRECTA Y REGULAR CON EL NIÑO

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, del que se desprende que en el artículo 19 quinquies de la Ley 14.908 se establece el adverbio “siempre que” y concurriendo los requisitos que la norma prescribe, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca la resolución apelada, de diez de abril del año en curso, dictada en causa RIT Z-743-2015, por el Juzgado de Familia de Puente Alto y, en su lugar, se declara que deberá iniciarse nuevamente el procedimiento extraordinario. Devuélvase. Nº 514-2025 Familia. Atendido el mérito de los antecedentes, del que se desprende que en el artículo 19 quinquies de la Ley...

Fallo

se declara que deberá iniciarse nuevamente el procedimiento extraordinario. Devuélvase. Nº 514-2025 Familia. Atendido el mérito de los antecedentes, del que se desprende que en el artículo 19 quinquies de la Ley...

Texto Completo (Preview)

San Miguel, dieciocho de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, del que se desprende que en el artículo 19 quinquies de la Ley 14.908 se establece el adverbio “siempre que” y concurriendo los requisitos que la norma prescribe, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca la resolución apelada, de diez de abril del año en cu

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