GOBIERNO REGIONAL DE LA ARAUCA C/ RINETT DEL PILAR ORTIZ RIVERA
Rol
Fecha
18 de agosto de 2025
Materia
ADMINISTRACION DESLEAL DE PERSONA JURIDICA ART. 470 N°11
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, esta Sala por mayoría de sus integrantes, coincidiendo con las alegaciones formuladas en estrado por el Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado, teniendo presente que no han variado las circunstancias que se tuvieron en vista en su oportunidad y estimando que las necesidades del procedimiento se satisfacen con una medida cautelar de mayor intensidad, SE REVOCA la resolución de fecha seis de agosto de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Temuco, que modificó la medida cautelar que pesaba sobre el imputado JUVENAL EDUARDO ORTIZ RIVERA, imponiendo su arresto domiciliario parcial y, en su lugar se resuelve que se mantiene la cautelar de arresto domiciliario total que primigeniamente le había sido impuesta. Decisión adoptada con el voto en contra del Ministro Sr. Carlos Gutiérrez Zavala, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-1009-2025. (cwm)
Fallo
se resuelve que se mantiene la cautelar de arresto domiciliario total que primigeniamente le había sido impuesta. Decisión adoptada con el voto en contra del Ministro Sr. Carlos Gutiérrez Zavala, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-1009-2025. (cwm)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, dieciocho de agosto de dos mil veinticinco. A lo principal y otrosí de los escritos folios 6, 7 y 8: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, esta Sala por mayoría de sus integrantes, coincidiendo con las alegaciones formuladas en estrado por el Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado,
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