MP C/ HUGO NICOLAS ROJAS ORELLANA
Rol
Fecha
18 de agosto de 2025
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Que del mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en la audiencia aparece que, en este estadio procesal, se encuentran acreditados los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con el delito materia de la formalización, que no fueron discutidos en estrados. En cuanto a la necesidad de cautela, la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, en atención a la circunstancia de encontrarse cumpliendo una pena al momento de ocurrencia de los hechos y de mantener dos procesos pendientes por dos delitos contra la propiedad, uno de ellos similar al de autos. Y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de once de agosto en curso, en los autos RIT 6077-2025, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de Hugo Nicolás Rojas Orellana. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°2701-2025 Penal
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Fecha: dieciocho de agosto de dos mil veinticinco. Sala: Cuarta Rol Corte: 2701-2025 RIT: 6077-2025 Ruc: 2501111028-5 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Relator (a): Emil Ibarra Sáez Abogado asesor del Ministerio Público: Hernán Fernández Aracena Defensor penal público: Juan Pablo Gómez Concha Imputado: Hugo Nicolás Rojas Orellana Tipo de Recurso: Apelación cautelar Delito: Robo en luga
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