JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

MP C/ BENJAMIN TOMAS BRIONES DE LA BARRA

Rol

Fecha

18 de agosto de 2025

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Que del mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en la audiencia aparece que, en este estadio procesal, se encuentran acreditados los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con los delitos materia de la formalización. En cuanto a la necesidad de cautela, la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, en atención a la pluralidad de ilícitos, naturaleza de éstos, forma de comisión, bienes jurídicos afectados, las posibles penas a imponer y su eventual forma de cumplimiento, y la circunstancia de haber actuado en grupo o pandilla. Y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de siete de agosto en curso, en los autos RIT 5911-2025, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de Benjamín Tomás Briones De La Barra. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°2700-2025 Penal

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Fecha: dieciocho de agosto de dos mil veinticinco. Sala: Cuarta Rol Corte: 2700-2025 RIT: 5911-2025 Ruc: 2501087953-4 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Relator (a): Emil Ibarra Sáez Abogado asesor del Ministerio Público: Hernán Fernández Aracena Defensor penal público: Juan Pablo Gómez Concha Imputado: Benjamín Tomas Briones De La Barra Tipo de Recurso: Apelación cautelar Delitos: Amen

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