MP/ JOSE ANTONIO PARRA VALDÉS
Rol
Fecha
16 de agosto de 2025
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Que del mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en la audiencia aparece que, en este estadio procesal, se encuentran acreditados los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con los delitos materia de la formalización. En cuanto a la necesidad de cautela, se estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la víctima y de la sociedad de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, atendida a la pluralidad de ilícitos, la pena asignada a uno de ellos, carácter de los mismos, bienes jurídicos protegidos y la existencia de una pauta de riesgo alto respecto de la víctima. Y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de quince de agosto en curso, en los autos RIT 8178-2025, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo y, en su lugar, se declara que se decreta la prisión preventiva de José Antonio Parra Valdés. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 2686-2025 Penal.
Fallo
se declara que se decreta la prisión preventiva de José Antonio Parra Valdés. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 2686-2025 Penal.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, dieciséis de agosto de dos mil veinticinco. Sala: Tercera Sala Rol: 2686-2025 Penal Ruc: 2501143929-5 RIT: 8178-2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de San Bernardo Integrantes: Ministros señora Ana Cienfuegos Barros, señora Liliana Mera Muñoz y señor Christián Carvajal Silva. Relator: Carolina Cordero Jara Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: César Gallardo Defensa: Gustavo Vá
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