MADARIAGA BRAVO, SERGIO ANDRÉS/JUZGADO DE LETRAS Y GARANTÍA DE LOS VILOS
Rol
Fecha
16 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Nicolás Páez Diaz, abogado, recurre de amparo en favor de Sergio Madariaga Bravo, por una orden de arresto dictada en causa judicial seguida ante el Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos, alegando afectación de su derecho fundamental a la libertad personal y a la seguridad individual. Expone que su privación de libertad se ha dispuesto en un procedimiento de cobranza judicial RIT A-19-2013, seguido ante el Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos por la Administradora de Fondos de Pensiones PROVIDA S.A. Agrega, que se despachó el mandamiento de ejecución y embargo, con fecha 18 de junio de 2013, ascendía a la suma de $316.297. Sin embargo, hoy en día la suma asciende a $27.811.452, debido a reajustes, intereses penales y multas que contempla la normativa previsional, lo que ha provocado que la deuda original, de cuantía modesta, se transforme en una obligación de proporciones astronómicas. Sostiene que, la orden de arresto impugnada se fundamenta nominalmente en el artículo 12 de la Ley N° 17.322, su aplicación al caso concreto, transgrediendo los límites de la razonabilidad y la proporcionalidad, deviniendo en un acto que, aunque revestido de una apariencia de legalidad, es materialmente arbitrario e ilegal, haciendo plenamente procedente la tutela de urgencia que se solicita a través de esta acción. Pide, previas citas legales, acoger el recurso y dejar sin efecto la resolución de fecha diez de julio de dos mil veinticinco que decretó la medida de apremio de arresto en contra del amparado, oficiando para estos efectos a la brevedad a la Policía de Investigaciones de Chile y a Carabineros de Chile para que se abstengan de dar cumplimiento a dicha orden, todo ello con expresa condenación en costas. SEGUNDO: Que informa Alberto Javier Jaraquemada Carrasco, juez suplente del Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos, quien expone ser efectiva la existencia de la causa invocada y que no ha existido consignación por parte del recurrente, lo que motivo a despachar la orden de detención. Hace presente que aquella causa se tramita conforme a la Ley 17.322, la que inició por demanda ejecutiva, siendo requerido de pago el recurrente en varias oportunidades, otorgándole plazos para pagar la respectiva deuda y rechazando las ordenes de arrestos solicitadas. Precisa que el 26 de noviembre de 2024, se le otorgó plazo a la demandada para pagar lo adeudado, pero no hubo consignación ni se opuso a la orden de arresto, por lo que se despachó el 10 de julio de 2025, la respectiva orden, la que tiene como fundamento legal, en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 17.322. TERCERO: Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República consagra la denominada acción de amparo y dispone, en lo pertinente, que “todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que seña
Fallo
Por estas consideraciones, disposiciones legales y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se ACOGE el recurso de amparo deducido en favor de Sergio Madariaga Bravo en contra del Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos, y en consecuencia se deja sin efecto la orden de arresto de 10 de julio de dos mil veinticinco despachada en contra de Sergio Madariaga Bravo en autos A-19-23 sobre cobranza judicial, sin perjuicio del despacho de los respectivos apremios y apercibimientos en los términos indicados, en tanto no sea saldada la deuda por el capital. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. Rol N°481-2025 Amparo. -
Texto Completo (Preview)
Madariaga Bravo, Sergio Juzgado de Letras y Garantia de Los Vilos Recurso de Amparo Rol N° 481-2025.- La Serena, dieciséis de agosto de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Nicolás Páez Diaz, abogado, recurre de amparo en favor de Sergio Madariaga Bravo, por una orden de arresto dictada en causa judicial seguida ante el Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos, alegando afecta
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