Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Concepción

A.F.P. HABITAT S.A. CON OSCAR DEL TRANSITO CONTRERAS CARTES

Rol

P-7579-2020

Fecha

28 de septiembre de 2023

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Con fecha 05 de agosto de 2023, comparece ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES HABITAT, representada por el abogado Francisco Tocornal Fuenzalida, con domicilio en Aníbal Pinto N° 531, Concepción, quien deduce acción de cobro de cotizaciones previsionales morosas en contra de OSCAR DEL TRANSITO CONTRERAS CARTES, con domicilio en Maipú N° 769, Concepción, fundado en las resoluciones que se acompañan, dictadas en conformidad con lo señalado en el Decreto Ley 3.500 y Ley 17.322, por el trabajador, meses y montos que se señalan en ella, y por un total de $28.350, más intereses, reajustes y recargos correspondientes. Indica que la resolución dictada tiene mérito ejecutivo, siendo la deuda líquida, actualmente exigible y encontrándose no prescrita la acción ejecutiva. Por lo señalado y normas que cita, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra del ejecutado, ya singularizado, acogerla en todas sus partes, y ordenar despachar en su contra mandamiento de ejecución y embargo por la suma señalada, disponiendo seguir adelante con la ejecución hasta hacérsele entero pago de lo adeudado, con costas.- Con fecha 12 de agosto de 2023, comparece el ejecutado, ya individualizado, y opuso a la ejecución la excepción de prescripción de la deuda. Funda aquella en que el trabajador afiliado dejó de prestar servicios en el mes de junio de 2010, por lo que han transcurrido más de 12 años a la fecha del término de los respectivos servicios, excediendo el plazo establecido por el legislador. Expresa que a la fecha de la notificación de la demanda ejecutiva, esto es, el 7 de agosto de 2023, había transcurrido con creces el término de 5 años, previsto en el artículo 31 bis de la Ley 17.322. Por lo señalado y normas que cita, solicita tener por opuesta la excepción, acogerla a tramitación y darle lugar, declarando rechazar la demanda ejecutiva en todas sus partes, con costas.- Habiéndose conferido traslado, éste no fue evacuado por la ejecutante.- Con fecha 04 de septi

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 05 de agosto de 2023, comparece Administradora de Fondos de Pensiones Habitat, quien deduce acción de cobro de imposiciones impagas en contra de Oscar del Transito Contreras Cartes, todos ya individualizados, fundado en las consideraciones expuestas precedentemente y que se dan por reproducidas en aras de la economía procesal, solicitando en definitiva tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra del ejecutado, ya singularizado, acogerla en todas sus partes, y ordenar despachar en su contra mandamiento de ejecución y embargo por la suma señalada, disponiendo seguir adelante con la ejecución hasta hacérsele entero pago de lo adeudado, con costas.- SEGUNDO: Que, con fecha 12 de agosto de 2023, comparece el ejecutado, ya individualizado, y opuso a la ejecución la excepción de prescripción de la deuda, por los fundamentos consignados en la expositiva y que se dan por expresamente reproducidos, solicitando tener contestada la demanda, acoger la excepción deducida, y declara la prescripción extintiva de la acción ejecutiva de cobro, con costas.- TERCERO: Que, habiéndose conferido traslado de las excepciones opuestas, este no fue evacuado.- CUARTO: Que, la ejecutada rinde prueba testimonial de doña Beatriz Moraga Melo y doña Diomidia Moraga Melo, ambas debidamente juramentadas e interrogadas al tenor de los hechos a probar, quienes declararon, en síntesis, la primera, que conoce de la demanda en contra de Oscar Contreras por su ex trabajador Belisario Moraga Melo, quien falleció en el año 2019; expresa que don Belisario trabajó para don Oscar y dejó de hacerlo el 30 de junio de 2010, lo que sabe por haber trabajado con don Oscar y ella llevó a don Belisario a trabajar en esa oficina; la segunda, que sabe del cobro de la AFP a don Oscar Contreras respecto de Belisario Moraga, que era su hermano; refiere que don Belisario trabajó en la oficina de don Oscar hasta junio de 2010, lo que recuerda porque fue el año del terremoto, y porque junto con la testigo anterior y don Belisario son hermanos y vivían juntos; indica que su hermana trabajó para don Oscar y ella fue quien llevó a Belisario a trabajar con él hasta que se fue a la oficina contable de doña Nuvia López.- Código: XZJCXXGGTFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl QUINTO: Que, dispone el artículo 19 inciso 21 del DL 3500, que “la prescripción que extingue las acciones para el cobro de cotizaciones previsionales, multas, reajustes e intereses, será de cinco años y se contará desde el término de los respectivos servicios”.- SEXTO: Que, la declaración de las dos testigos que depusieron en autos, quienes son concordantes en las circunstancia central de la fecha del despido; y, que han expresado claramente como saben dicho hecho, precisamente por ser hermanas del ex trabajador y haber vivido con él, permiten formar convicción a éste magistrado de que efectivamente con fecha 30 de junio de 2010 se p

Fallo

FALLO: 28 DE SEPTIEMBRE DE 2023.- Concepción, veintiocho de septiembre de dos mil veintitrés. VISTO: Con fecha 05 de agosto de 2023, comparece ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES HABITAT, representada por el abogado Francisco Tocornal Fuenzalida, con domicilio en Aníbal Pinto N° 531, Concepción, quien deduce acción de cobro de cotizaciones previsionales morosas en contra de OSCAR DEL TRANSITO CONTRERAS CARTES, con domicilio en Maipú N° 769, Concepción, fundado en las resoluciones que se acompañan, dictadas en conformidad con lo señalado en el Decreto Ley 3.500 y Ley 17.322, por el trabajador, meses y montos que se señalan en ella, y por un total de $28.350, más intereses, reajustes y recargos correspondientes. Indica que la resolución dictada tiene mérito ejecutivo, siendo la deuda líquida, actualmente exigible y encontrándose no prescrita la acción ejecutiva. Por lo señalado y normas que cita, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra del ejecutado, ya singularizado, acogerla en todas sus partes, y ordenar despachar en su contra mandamiento de ejecución y embargo por la suma señalada, disponiendo seguir adelante con la ejecución hasta hacérsele entero pago de lo adeudado, con costas.- Con fecha 12 de agosto de 2023, comparece el ejecutado, ya individualizado, y opuso a la ejecución la excepción de prescripción de la deuda. Funda aquella en que el trabajador afiliado dejó de prestar servicios en el mes de junio de 2010, por lo que han transcurrido más de

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CAUSA: RIT P-7579-2020.- DEMANDANTE: ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES HABITAT.- DEMANDADO: OSCAR DEL TRANSITO CONTRERAS CARTES.- MATERIA: DEMANDA EJECUTIVA.- FECHA DE INICIO:05 DE AGOSTO DE 2023.- PARA FALLO: 28 DE SEPTIEMBRE DE 2023.- Concepción, veintiocho de septiembre de dos mil veintitrés. VISTO: Con fecha 05 de agosto de 2023, comparece ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES HABITAT, re

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