JUZGADO DE GARANTIA DE SAN FERNANDO

MP C/ALEJANDRO SEGUNDO TOBAR CABELLO

Rol

Fecha

16 de agosto de 2025

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido al mérito de los antecedentes, y ponderando que aun solamente

Fundamentos

considerando la existencia del presupuesto material del delito del artículo 3° de la Ley 20.000, por la importante cantidad y naturaleza de la droga incautada, es pertinente estimar concurrente la hipótesis de necesidad de cautela sustentada en que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, se mantendrá la prisión preventiva, pero modificando la necesidad de cautela de la misma en el fundamento anteriormente referido. Por lo razonado y lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma con declaración la resolución apelada de fecha catorce de agosto del año en curso, en la causa RIT 166-2025, dictada por el Juzgado de Garantía de San Fernando, en cuanto modificó la necesidad de cautela de peligro para la seguridad de la sociedad a peligro de fuga fijando una caución, decidiéndose por esta Corte sustentar la hipótesis de necesidad de cautela, en el peligro para la seguridad de la sociedad, manteniéndose la prisión preventiva. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 924-2025 Penal.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, dieciseis de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido al mérito de los antecedentes, y ponderando que aun solamente considerando la existencia del presupuesto material del delito del artículo 3° de la Ley 20.000, por la importante cantidad y naturaleza de la droga incautada, es pertinente estimar concurrente la hipótesis de necesidad de cautela sustentada en que

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