JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

CRISTOBAL ANTONIO GONZALEZ GONZALEZ C/ JUAN ANDRES ESPEJO PERALTA

Rol

Fecha

13 de agosto de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Habiendo oído a los intervinientes y atendidos el mérito de los antecedentes que han sido expuestos en esta audiencia y teniendo en consideración que los hechos que fueron expuestos en la formalización, aparecen por ahora suficientemente justificados y que estos se encuadran dentro de lo que se califica como un delito de robo en lugar habitado o destinado a la habitación en grado de tentado, que no obstante el grado de desarrollo de dicho ilícito conforme a la ley se sanciona como consumado, con lo que, unido a la gravedad de la pena asignada al mismo y

Fundamentos

considerando el amplio prontuario penal que registra el imputado así como el hecho de haber recuperado hace menos de un mes y medio su libertad, después del cumplimiento de diversas condenas, lo que hace entonces considerar que se reúnen todos los requisitos previstos en el artículo 140 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada, por estimarse que la libertad del imputado es constitutiva un peligro para la seguridad de la sociedad y se somete por lo tanto a prisión preventiva a Juan Andrés Espejo Peralta. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 557-2025 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, a trece de agosto de dos mil veinticinco. Sala: Primera Sala Rol: 557-2025 Penal Ruc: 2501111196-6 RIT: 5730- 2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministros señor Marco Flores Leyton, señora Claudia Arenas González y señora Juana Ríos Meza. Relator (a): Julio Jáuregui Medina Digitador (a): Mariela Canchaya Carrasco Fiscal/Abo

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