SIN INFORMACION

SOCIEDAD ANONIMA VIÑA SANTA RITA/DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS

Rol

Fecha

13 de agosto de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA (FALLO DEL ACUERDO)

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE. Primero: Que a folio 1 comparecen doña Paula Elías Auad y don Daniel Gaponov Medina, en representación de Sociedad Anónima Viña Santa Rita, quienes en virtud de lo dispuesto en el artículo 137 del Código de Aguas, deducen recurso de reclamación en contra de la Dirección General de Aguas, por haber dictado la Resolución D.G.A. (Exenta) N° 964, de fecha 25 de abril de 2023, notificada el 2 de mayo de 2023, que rechazó el recurso de reconsideración presentado en contra de la Resolución D.G.A. (Exenta) N° 3847, de fecha 29 de diciembre de 2022, que fijó en el listado de derechos afectos a pago de patente por no uso, proceso 2023 los derechos de aprovechamiento de la reclamante. Señala que dicha actuación es ilegal, ya que la inclusión del numeral 8685 del acto administrativo impugnado, ha sido realizada con infracción al principio de legalidad, quebrantando lo dispuesto en los artículos 129 bis 5 y 129 bis 9 del Código de Aguas, además del artículo 41 de la Ley N°19.880, por cuanto la titular cuenta con obras aptas y suficientes para la efectiva utilización de la totalidad del caudal asociado a su derecho de aprovechamiento de aguas. La reclamante señala ser dueña de un derecho de aprovechamiento consuntivo, de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal de 120 litros por segundo, que se captan por elevación mecánica desde un pozo ubicado en el punto de coordenadas UTM Norte: 6.179.400 metros y Este: 279.560, según Datum PSAD 1956, en la comuna de Palmilla, provincia de Colchagua, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. El derecho de aprovechamiento se encuentra inscrito a su nombre según consta en la inscripción de fojas 1, número 1, del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Santa Cruz, del año 1999. Agrega que dicho derecho fue gravado con pago de patente por no uso mediante Resolución D.G.A. (Exenta) N° 3847, de fecha 29 de diciembre de 2022, bajo el numeral 8685, afectan

Fallo

fallo de la Excma. Corte Suprema, dictado con fecha 25 de noviembre de 2022, en causa rol 12657-2022, que acogió un recurso de casación en el fondo en contra de la DGA por una infracción similar, estableciendo que efectivamente la autoridad vulneró lo establecido en el artículo 41 de la Ley N° 19.880, al aumentar el caudal afecto al pago de patente y el monto a pagar, sin que pueda ampararse en una actuación oficiosa. Agrega que la actuación oficiosa de la DGA también ha sido efectuada con infracción de ley, pues ha invocado la prerrogativa del artículo 62 de la Ley N°19.880 para aclarar el acto administrativo, cuando en realidad ha procedido a modificarlo con efecto retroactivo, vulnerando el artículo 52 de la misma ley. Además, hubo una infracción en la aplicación del nuevo valor de patente por vulneración del artículo 129 bis 8 del Código de Aguas, pues la constatación del nuevo caudal afecto fue determinada mediante una ficha de verificación de fecha 21 de marzo de 2023, cuando el plazo para determinar el caudal afecto al pago de patente por no uso era el 31 de agosto de 2022. Solicita en definitiva que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se elimine el numeral 8685 del acto administrativo impugnado, por cuanto la inclusión de este ha sido realizada con infracción al principio de legalidad, quebrantando lo dispuesto en los artículos 129 bis 5 y 129 bis 9 del Código de Aguas, además del artículo 41 de la Ley N° 19.880, en relación con la Resolución D.G.A. (Exent

Texto Completo (Preview)

Santiago, trece de agosto de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE. Primero: Que a folio 1 comparecen doña Paula Elías Auad y don Daniel Gaponov Medina, en representación de Sociedad Anónima Viña Santa Rita, quienes en virtud de lo dispuesto en el artículo 137 del Código de Aguas, deducen recurso de reclamación en contra de la Dirección General de Aguas, por haber dictado la Resolución

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