DAPHNNA VALERIA FLORES CARRIEL/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL- COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ
Rol
Fecha
13 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDO SIN COSTAS
Hechos
VISTOS: Comparece DAPHNNA VALERIA FLORES CARRIEL e interpone recurso de protección en contra de en contra de la Superintendencia de Seguridad Social representada por Pamela Gana Cornejo, y expone que desde el 20 de febrero de 2024, se encuentra diagnosticada con un síndrome depresivo severo, en tratamiento farmacológico consistente en venlafaxina 75 y clotiazepan 5mg, y además, con terapia psicológica en el sistema público y explica los
Fundamentos
motivos de ello. Refiere que ha sido atendida por el médico Freddy Urquhart, quien emitió un certificado médico que acredita su condición, y además fue el profesional que le extendió las licencias médicas rechazadas mientras esperaba una interconsulta con un psiquiatra del sistema público. Expone que también ha sido atendida por la Psicóloga Daniela Flores, quien emitió un informe psicológico, que señala un diagnóstico concordante con lo indicado por el médico tratante. Afirma que en tal contexto la COMPIN rechazó las licencias médicas folios: 4-19360732; 4-19485472; 4-19636101; 4-19747607; 4-19902774; 4-20060389; 4-20202121; 4-20315349, sin mayor expresión de causa ni fundamento, sólo se indica “Sin causa medica que justifique el reposo: antecedentes médicos aportados no justifican el reposo” Alega que la recurrida Superintendencia de Seguridad Social mediante resolución N°R-01-UJU-64677-2025 de 14 de mayo del 2025, confirmó la decisión de la COMPIN respecto del rechazo de dichas licencias médicas, sin fundamento alguno. Estima conculcadas las garantías contempladas en el artículo 19 N°1 y 24 el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica y el derecho de propiedad, porque le priva de su derecho a ausentarse del trabajo y además, le priva del derecho al subsidio por licencia psiquiátrica sin fundamento alguno. Ha pedido se acoja el recurso, y se ordene a la recurrida autorizar las licencias médicas rechazadas y se disponga el pago de las mismas, con costas. Informó Alfredo Añazco González en representación del Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana (SEREMI DE SALUD R.M.), y a su vez en representación de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez Región Metropolitana (COMPIN R.M), organismo dependiente de esa Secretaria Regional Ministerial de Salud, quien expone que la recurrente Daphnna Valeria Flores Carriel, dedujo recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, quien confirmó el rechazo por parte de la COMPIN R.M., de las licencias médicas N° 4-19360732; 4-19485472; 4-19636101; 4-19747607; 4-19902774; 4-20060389; 4-20202121; 4-20315349, extendidas por un total de 120 días a contar del 17 de septiembre de 2024, por reposo no justificado. Explica que revisado el expediente administrativo y el registro en el sistema informático se constata que la usuaria presentó un recurso de reposición al rechazo de las licencias médicas N° 5472, 6101 y 0732 y adjuntó informe de médico general particular (25/10/24): depresión severa. En tratamiento con venlafaxina y clotiazepam. Informe insuficiente para justificar la prolongación del reposo más allá de los días previamente autorizados. Sin escala de gravedad, sin evolución clínica, sin modificación farmacológica, sin demostrar derivación a especialista, sin exámenes, y sin formulario GES. Se mantiene rechazo. También presentó reposición en contra del rechazo de la licencia médica N° 607 porque no se cuenta con antecedentes médicos qu
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se decide: I.- Que se rechaza la alegación sobre improcedencia de la acción planteada por la Superintendencia de Seguridad Social; II.- Que se acoge, sin costas, la acción de protección interpuesta por Daphnna Valeria Flores Carriel, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, y de la COMPIN Región Metropolitana, para el sólo efecto que la aludida Superintendencia disponga de acuerdo con sus facultades, la realización de un peritaje médico acerca de la dolencia que se describe en el recurso, a fin de determinar la procedencia o no de los días de reposo que disponen las licencias médicas referidas en el libelo recursivo que fueron rechazadas, y una vez cumplida dicha diligencia emitirá nuevo pronunciamiento, adecuadamente fundamentado, acerca de las mismas. Regístrese, comuníquese y archívese. Redactó la ministra Valentina Salvo Oviedo. No firma la ministra suplente Jimena Troncoso Sáez, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse con feriado legal. N°Protección-2580-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción xsr Concepción, trece de agosto de dos mil veinicinco. VISTOS: Comparece DAPHNNA VALERIA FLORES CARRIEL e interpone recurso de protección en contra de en contra de la Superintendencia de Seguridad Social representada por Pamela Gana Cornejo, y expone que desde el 20 de febrero de 2024, se encuentra diagnosticada con un síndrome depresivo severo, en tratamiento farmacológico con
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