SIN INFORMACION

OYARCE/C.C.A.F. LOS HÉROES

Rol

Fecha

13 de agosto de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO. Que, comparece doña Marta Cecilia González Oyarce, por sí, quien interpone recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, por haber efectuado un descuento desde su remuneración correspondiente al mes de marzo de 2025, por la suma de $49.685, en razón de un crédito social cuya deuda había sido declarada prescrita por sentencia firme dictada en juicio ejecutivo, actuación que considera ilegal y arbitraria, por cuanto configura un cobro doble -judicial y administrativo- carente de fundamento jurídico, vulnerando con ello su derecho de propiedad garantizado en el artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita se ordene el cese inmediato de los descuentos y el reembolso de lo indebidamente percibido. Expone que el 30 de septiembre de 2015 celebró con la recurrida un contrato de mutuo denominado “crédito social”, pagadero en cuotas conforme al artículo 22 de la Ley N°18.833. Tras ser despedida de su trabajo, incurrió en mora, negándose a repactar la deuda por las condiciones muy onerosas ofrecidas. La recurrida ejerció la cláusula de aceleración y dedujo demanda ejecutiva por el total adeudado, causa Rol C-17.889-2017, ante el 22º Juzgado Civil de Santiago, en la que se acogió la excepción de prescripción de la acción ejecutiva mediante sentencia ejecutoriada el 19 de agosto de 2022. Relata que, pese a dicha resolución, en marzo de 2025 detectó el descuento cuestionado, dispuesto por la Caja Los Héroes y ejecutado por su empleador, sin explicación del cálculo ni del fundamento de la retención. Sostiene que esta conducta constituye autotutela, ejecutada al margen de un título vigente y en paralelo a un procedimiento judicial en el que ya se declaró extinguida la acción, operando así un doble cobro. Argumenta que, si bien el artículo 22 de la Ley N°18.833 autoriza a las Cajas de Compensación a practicar descuentos por planilla, ello no habilita el uso irracional o abusivo de dicha facultad, menos aún cuando se ha optado por la vía judicial y ejercido la cláusula de aceleración, pues mantener ambos mecanismos en paralelo vulnera el derecho de propiedad del afiliado. Sostiene que el acto cuestionado conculca específicamente el derecho de propiedad protegido en el artículo 19 N°24 de la carta fundamental, al privarla y perturbarla del dominio sobre parte de su remuneración, y que, dada su naturaleza, la presente acción constitucional es el medio idóneo para restablecer el imperio del derecho y evitar un perjuicio económico.

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se declare ilegal y arbitrario el descuento practicado, ordenándose a la recurrida abstenerse de continuar con la retención de sumas por el referido crédito social, reembolsar los montos indebidamente descontados dentro del plazo que se fije, y condenarla al pago de las costas de la causa. SEGUNDO. Que evacúa su informe la recurrida Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, solicitando que se tenga presente que se allana expresamente al recurso deducido. Agrega que, se ha dispuesto el cese definitivo de los descuentos del crédito otorgado a la recurrente y la restitución de aquellas sumas que se reciban a partir de la reanudación de los cobros. Indica que, en razón de lo anterior, solicita el rechazo de la acción de protección incoada por haber perdido oportunidad, accediendo voluntariamente al cese de los descuentos y a su restitución. TERCERO. Que, el 12 de mayo del presente, la recurrente evacúa traslado, hace presente que, a pesar de lo indicado por la recurrida, los descuentos se siguen efectuando, por lo que el acto ilegal y arbitrario persiste. En razón de ello, solicita que se continúe la tramitación del recurso y, en definitiva, este sea acogido. CUARTO. Que, el 13 de mayo de los corrientes, la parte recurrida hace presente que, se dejó a disposición de la recurrente, el monto de $77.815, equivalente al valor de una cuota de su crédito, el que habría sido recaudado previam

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, trece de agosto de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO. Que, comparece doña Marta Cecilia González Oyarce, por sí, quien interpone recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, por haber efectuado un descuento desde su remuneración correspondiente al mes de marzo de 2025, por la suma de $49.685, en razón de u

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