ANONIMIZADO
Rol
Fecha
13 de agosto de 2025
Materia
SECUESTRO. ART. 141
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando esta Sala que en cuanto a las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, no hay duda alguna de los términos en que se efectuó la notificación respecto al delito de amenazas y lesiones graves y, que se encuentra también en investigación reuniendo mayores antecedentes lo referido al delito de secuestro que se imputa a este individuo, sin embargo, en cuanto a la necesidad de cautela, y no
Fundamentos
considerando el delito de secuestro que deberá ...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, trece de agosto de dos mil veinticinco. A lo principal y otrosí de los escritos folios 3 y 4: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando esta Sala que en cuanto a las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, no hay duda alguna de los términos en que se efectuó la notificación
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