JUZGADO DE GARANTIA DE SAN VICENTE DE TAGUA-TAGUA

MP/MICHAEL FABRIZIO LAVÍN GÁLVEZ

Rol

Fecha

13 de agosto de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: 1° Que, se alza la defensa en contra de la resolución de siete de agosto último, cuestionando la concurrencia del presupuesto de la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, fundado ello en que los antecedentes esgrimidos por el Ministerio Público en la audiencia de rigor carecen de la suficiencia para dar por acreditada la participación del imputado Lavín Gálvez en los hechos por los que ha sido formalizado. Alega en estrados, además, que los elementos que sostienen la prisión preventiva fueron introducidos por el juez a quo en la audiencia de formalización, lo que, en su concepto, evidencia su falta de imparcialidad. 2° Que, en primer término, cabe precisar que la defensa no ha discutido la concurrencia de los presupuestos materiales de la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Al respecto, consta en la causa que el imputado ha sido formalizado por dos delitos de robo en lugar habitado, ocurridos el veinte de agosto y seis de septiembre, ambos del año 2024, previsto y sancionado en el numeral 1 del artículo 440 del Código Penal, en calidad de autor. 3° Que, efectivamente y, aun en esta etapa primigenia de la investigación, no constan antecedentes suficientes que permitan establecer la participación del acusado con el estándar que autoriza la imposición de una cautelar como la decretada por el juez a quo, toda vez que, la actividad del persecutor logró determinar hasta aquí, que en la comisión de los hechos investigados, se habría empleado un vehículo registrado a nombre del padre del imputado, siendo el propio tribunal el que habría establecido su participación a partir de la vinculación entre este último y el referido automóvil, relacionándolo luego de la revisión de una causa diversa seguida en contra del mismo imputado, en el que también, aparentemente, se habría empleado el referido automóvil. 4° Que, en este sentido, es necesario destacar que la actividad destinada a establecer los presupuestos materiales de las letras a) y

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 155 y 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de siete de agosto dos mil veinticinco, dictada en la causa RIT 935-2025, por el Juzgado de Garantía de San Vicente de Tagua-Tagua, que decretó la prisión preventiva del imputado Michael Fabrizio Lavín Gálvez y, en su lugar se impone al imputado la medida prevista en la letra c) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, firma quincenal ante Carabineros de Chile, en la comisaría más cercana al domicilio que aquél hubiere registrado en la causa. Dese inmediata orden libertad al imputado si no estuviere privado de ella por otra causa o motivos. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 911-2025 Penal.

Texto Completo (Preview)

//mjcv C.A. Rancagua Rancagua, trece de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: 1° Que, se alza la defensa en contra de la resolución de siete de agosto último, cuestionando la concurrencia del presupuesto de la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, fundado ello en que los antecedentes esgrimidos por el Ministerio Público en la audiencia de rigor carecen de la suficiencia para dar p

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