1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

CÁRCAMO/AUTOMOTRIZ J

Rol

Fecha

12 de agosto de 2025

Materia

ART. 2 CT. SOBRE ACTOS DE DISCRIMINACIÓN

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: En estos autos RIT T-417-2023, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, caratulados “Cárcamo con Automotriz J&F Limitada”, por sentencia de veintisiete de febrero del año en curso, se rechazó íntegramente la denuncia de vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, con costas. En contra de este fallo, la demandante dedujo recurso de nulidad, fundado en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, acusando la infracción de lo preceptuado en el artículo 19 N° 1, 4 y 16 de la Constitución Política de la República en relación con el artículo 2° del primer cuerpo de leyes señalado. Declarado admisible el arbitrio, se escuchó a los abogados que, en su oportunidad, concurrieron a la vista de la causa.

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°.- Que argumentando su pretensión invalidatoria en un escrito de 58 páginas, el actor sostiene -luego de referirse extensamente a los antecedentes de la causa y de reproducir gran parte del fallo- a partir de la carilla 51, que el juez yerra en su decisión, atendido que si bien no solicitó que

Fallo

se declarara la existencia de una relación laboral entre las partes “y no existiendo lo mandatado por el legislador al respecto, en razón de escriturar en primer lugar el contrato de trabajo y luego efectuar el pago de las cotizaciones correspondientes por los denunciados-demandados en autos, conforme la prueba arribada al proceso, tanto documental, de oficios y la testimonial efectuada, que dan clara cuenta de dicha relación laboral y que por lo tanto, era innecesario solicitarla, además por aplicación del principio indubio pro operario y de buena fe, mandantes del Código Laboral” (sic). En consecuencia, dice, el fallo fue emitido en contravención formal al texto de la ley, dejando de aplicar la normativa llamada a resolver el asunto, infracción que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, pues “ha permitido” al sentenciador no acoger la denuncia, de conformidad a lo expuesto en la “denuncia/demanda” y los antecedentes probados en la etapa procesal correspondiente. Seguidamente, enumera las normas que considera infringidas por la sentencia, según se enunció, aseverando tal vulneración se produjo en atención a que no se consideraron los fundamentos de la denuncia y la prueba aportada. En este contexto, sigue, se conculcó el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona, toda vez que la sentencia yerra al “no pronunciarse por dicha petición fundada” (sic). A continuación, afirma, que el fallo se equivoca al desconocer y desatender los

Texto Completo (Preview)

Santiago, doce de agosto de dos mil veinticinco. VISTO: En estos autos RIT T-417-2023, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, caratulados “Cárcamo con Automotriz J&F Limitada”, por sentencia de veintisiete de febrero del año en curso, se rechazó íntegramente la denuncia de vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, con costas. En contra de este

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica