SIN INFORMACION

LOUIS ANDIEU/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

12 de agosto de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Andieu Louis, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que estima ilegal, consistente en no poner a disposición del amparado la posibilidad de solicitar la ampliación de residencia definitiva en trámite, impidiéndole acreditar su estatus migratorio regular en Chile, vulnerando con ello el derecho fundamental consagrado en el artículo 19 N°7 letra a) de la Constitución Política de la República. Expone que el amparado ingresó de manera regular y por paso habilitado al país, habiendo obtenido visas anteriormente y que, cumpliendo con los requisitos legales, el 09 de febrero de 2022 postuló a la residencia definitiva N°37765657. Agrega que, en atención al tiempo transcurrido, más de tres años y seis meses, y según el procedimiento correspondiente, el amparado ha intentado solicitar la Ampliación de Solicitud de Residencia Definitiva, pero no le ha sido posible obtenerla ya que la opción no se encuentra disponible en la página web del Servicio, precisando que no ha sido notificado de solicitudes de subsanación o término del procedimiento, por lo que entiende que su solicitud se encuentra en proceso. Sostiene que esta situación afecta gravemente los derechos fundamentales del amparado, ya que dicho documento es esencial para acreditar su estatus migratorio regular, permitirle salir y reingresar al país sin impedimentos. Argumenta que esta omisión, calificada como ilegal y arbitraria, coloca al amparado en una situación de caso fortuito, impidiendo la regularidad de su estadía y perturbando su garantía constitucional, especialmente

Fundamentos

considerando que han transcurrido varios años desde la postulación original. Cita los artículos 1 N°25 y 38 inciso 2° de la Ley N°21.325, que definen y regulan la "Residencia en trámite" como documento que garantiza la libre circulación. Sin este certificado, el amparado no puede acreditar su estatus migratorio regular, realizar trámites esenciales como obtener cédula de identidad, ni salir y reingresar al país, a pesar de tener una solicitud pendiente desde hace más de tres años. Adicionalmente, fundamenta su recurso en el artículo 31 de la Ley 19.880, argumentando que, si la solicitud presentara deficiencias, el Servicio debió requerir su subsanación en lugar de omitir la posibilidad de tramitar la ampliación, constituyendo esto otra omisión ilegal y arbitraria. Cita jurisprudencia favorable al efecto. Pide, se ordene al Servicio Nacional de Migraciones la posibilidad de solicitar, acorde a la norma y en el más breve plazo que expresamente fije el tribunal, la Ampliación de Solicitud de Residencia Definitiva en Trámite del amparado. Acompaña a su recurso. 1) Copia de pasaporte de la parte amparada; y 2) Sentencia causa Rol Criminal 106662-2023. A folio 2, se ordenó traer a la vista la causa Amparo N°2496-2025. A folio 7, evacuó informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción, por no configurarse los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, debiendo ser considerada como improcedente toda vez que no existe acto u omisión arbitrario o ilegal por parte de esta autoridad que prive, perturbe o amenace el legítimo ejercicio de la recurrente respecto de las garantías constitucionales de libertad personal y seguridad individual. En primer lugar, como antecedente relevante, expone que mediante Resolución Exenta Nº 24404110 del 26 de agosto de 2024, rechazó la solicitud de residencia definitiva del amparado, ordenando su abandono del país en 10 días, respecto de la cual, el 14 de julio de 2025, el extranjero presentó un recurso de amparo (ROL 2496-2025) ante esta Corte, el cual fue acogido y posteriormente confirmado por la Corte Suprema el 31 de julio de 2025, ordenándose dejar sin efecto la resolución impugnada y reabrir el expediente administrativo del recurrente. Argumenta que, si bien reconoce la obligación de otorgar el certificado de residencia en trámite solicitado, cuestiona la vía procesal elegida, sosteniendo que el recurso de amparo no es el mecanismo idóneo para obtener dicho documento, pues está concebido para tutelar la libertad personal y seguridad individual frente a privaciones o amenazas ilegales, no existiendo en este caso arresto, detención ni restricción alguna de la libertad ambulatoria. Añade que existen canales administrativos específicos para resolver estas incidencias, como el Sistema de Atención de Soporte Especializado (ASE) creado por Resolución Exenta N.º 20.136 de 2024, diseñado precisamente para atender casos complejos, incluidos problemas técnicos de plataforma o

Fallo

se resuelven con la debida notificación al usuario. Señala que el problema descrito por el actor es reconocido en sus manuales internos como un caso típico de soporte técnico ("Estampado electrónico no disponible"), aportando capturas de pantalla como evidencia. Sostiene que el extranjero debería acudir a las oficinas del Servicio o usar los canales de soporte para resolver este problema administrativo, en lugar de judicializar un asunto técnico que no afecta realmente su libertad personal. Finalmente, concluye que no se verificaría, entonces, acto u omisión ilegal o arbitrario del Servicio que prive, perturbe o amenace la garantía del artículo 19 Nº 7 de la Constitución Política de la República. Por el contrario, afirma que el recurrente posee un beneficio migratorio vigente y operativo y que, uilizar el amparo para corregir un detalle de impresión desnaturalizaría su objeto cautelar y desplazaría los mecanismos administrativos idóneos creados precisamente para estas contingencias A folio 9, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquiera privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que, por esta vía cautel

Texto Completo (Preview)

Edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, doce de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Andieu Louis, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que estima ilegal, consistente en no poner a disposición del amparado la posibilidad de solicitar la ampliación de residencia definitiva en trámite, impidiéndole ac

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