SIN INFORMACION

ORTIZ/CÁRCAMO

Rol

Fecha

11 de agosto de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 1 de julio de 2024, comparece la abogada Ana María Rivera Álvarez, en representación de Víctor Lorenzo Grunwald Bodenstein, afiliado a Isapre Banmédica, y de su cónyuge Estela del Carmen Ortiz Figueroa, beneficiaria del mismo plan, e interpone recurso de protección en contra de Clínica Dávila y Servicios Médicos S.A., por haber incurrido en actos ilegales y arbitrarios consistentes en ejercer presión de cobro mediante amenazas escritas y telefónicas, vía WhatsApp y correo electrónico, de protesto de un pagaré y de iniciar demandas judiciales por una supuesta deuda derivada de hospitalización, todo ello a pesar de que el recurrente ya abonó una suma superior al deducible del CAEC y de encontrarse pendiente la resolución de un procedimiento arbitral Rol N° 4015437, iniciado el 06 de marzo de 2023 ante la Superintendencia de Salud, en el que se discute la procedencia de dichos cobros tanto contra la Clínica como contra la Isapre. Señala que doña Estela Ortiz fue hospitalizada en la recurrida entre el 6 de julio y el 28 de septiembre de 2022 por neumonía grave por COVID-19, ingresando inicialmente bajo la cobertura de la Ley de Urgencia y luego modificándose la cobertura a CAEC desde la fecha de internación, mediando aceptación expresa de Isapre Banmédica. En consecuencia, la Clínica no debió exigir pagaré alguno al momento del ingreso. Denuncia que, paralelamente, inició reclamo arbitral en contra de la Isapre Banmédica producto de los mismos cobros, procedimiento en el que, alega, la recurrida ha incumplido reiteradamente las órdenes del juez árbitro —en especial de remitir la ficha clínica completa y legible, incluida la atención de urgencia— lo que ha generado una dilación indebida del procedimiento, mientras mantiene una cobranza agresiva que pone en riesgo el patrimonio y la honra comercial de los recurrentes. En ese sentido, precisa que el deducible pactado en el plan CAEC asciende a UF 126, monto que, dice, y

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Víctor Lorenzo Grunwald Bodenstein y Estela del Carmen Ortiz Figueroa, en contra de Clínica Dávila y Servicios Médicos S.A. Regístrese y archívese. Protección N° 16.657-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de agosto de dos mil veinticinco. Al folio 32; téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 1 de julio de 2024, comparece la abogada Ana María Rivera Álvarez, en representación de Víctor Lorenzo Grunwald Bodenstein, afiliado a Isapre Banmédica, y de su cónyuge Estela del Carmen Ortiz Figueroa, beneficiaria del mismo plan, e interpone recurs

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