JUZGADO DE LETRAS DE MARIQUINA

OLIVA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MARIQUINA

Rol

Fecha

11 de agosto de 2025

Materia

ART. 2 CT. SOBRE ACTOS DE DISCRIMINACIÓN

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Por sentencia de veintitrés de junio de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Letras de San José de la Mariquina, en los autos RIT T-43-2024, caratulada “Oliva García en contra de la I. Municipalidad de San José de la Mariquina”, se acogió parcialmente la denuncia de tutela laboral de vulneración de Derechos Fundamentales y se condenó a la denunciada a las medidas únicas que se señalan en el fallo y a resarcir el daño moral causado a la denunciante en la suma y con los reajustes que en ella se indican, sin costas. Contra este fallo, la parte demandada, I. Municipalidad de San José de la Mariquina, interpuso recurso de nulidad invocando una causal principal y otra subsidiaria. En la primera de ellas alega vulneración del artículo 477 del Código del Trabajo, en relación con el 486 inciso final del mismo cuerpo legal; mientras que el motivo subsidiario lo hace consistir en infracción al artículo 478, letra b) con relación al 456 del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso, se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de las partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, la parte demandada invoca, en primer término, la causal prevista en el artículo 477 del Código del Trabajo, fundada en la circunstancia de que el tribunal desestimó la excepción de caducidad opuesta, infringiendo con ello lo dispuesto en el inciso final del artículo 486 del mismo cuerpo legal, al haber condenado por hechos acaecidos fuera del plazo legal de sesenta días. Sostiene que los hechos denunciados por la actora datan de los años 2021, 2022 y julio de 2024, en circunstancias que la denuncia fue interpuesta recién el 21 de octubre de 2024, encontrándose

Fallo

fallo y a resarcir el daño moral causado a la denunciante en la suma y con los reajustes que en ella se indican, sin costas. Contra este fallo, la parte demandada, I. Municipalidad de San José de la Mariquina, interpuso recurso de nulidad invocando una causal principal y otra subsidiaria. En la primera de ellas alega vulneración del artículo 477 del Código del Trabajo, en relación con el 486 inciso final del mismo cuerpo legal; mientras que el motivo subsidiario lo hace consistir en infracción al artículo 478, letra b) con relación al 456 del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso, se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de las partes. Considerando: Primero: Que, la parte demandada invoca, en primer término, la causal prevista en el artículo 477 del Código del Trabajo, fundada en la circunstancia de que el tribunal desestimó la excepción de caducidad opuesta, infringiendo con ello lo dispuesto en el inciso final del artículo 486 del mismo cuerpo legal, al haber condenado por hechos acaecidos fuera del plazo legal de sesenta días. Sostiene que los hechos denunciados por la actora datan de los años 2021, 2022 y julio de 2024, en circunstancias que la denuncia fue interpuesta recién el 21 de octubre de 2024, encontrándose por tanto fuera del plazo legalmente establecido. Por ello, solicita se declare la nulidad de la sentencia definitiva y se dicte sentencia de reemplazo que acoja la excepción de caducidad de las acciones deducidas, con cos

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, once de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: Por sentencia de veintitrés de junio de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Letras de San José de la Mariquina, en los autos RIT T-43-2024, caratulada “Oliva García en contra de la I. Municipalidad de San José de la Mariquina”, se acogió parcialmente la denuncia de tutela laboral de vulneración de Derechos Fundam

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