JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES JUNJI DRM/MUNICIPALIDAD DE LAMPA
Rol
Fecha
11 de agosto de 2025
Materia
OTROS ORDINARIOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, conforme a lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de once de junio de dos mil veinticuatro dictada por el Juzgado de Letras de Colina en los autos Rol C-2706-2023, en cuanto se agrega como nuevo punto de prueba, el siguiente: “11° Efectividad que la demandante dispuso el término unilateral de los convenios por incumplimientos reiterados por parte de la demandada”. Comuníquese. N°Civil-9021-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, once de agosto de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, conforme a lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de once de junio de dos mil veinticuatro dictada por el Juzgado de Letras de Colina en los autos Rol C-2706-2023, en cuanto se agrega como nuevo punto de prueba, el siguiente:
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