SIN INFORMACION

CLOVIS GUILLAUME/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

11 de agosto de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Clovis Guillaume, de nacionalidad haitiana, interpone acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, con motivo de la Resolución Exenta N°1185, de 3 de marzo de 2020, que rechazó la solicitud de residencia definitiva (sic) y dispuso el abandono del país. Indica que la decisión es injusta, arbitraria y desproporcionada, desde cumple con todos los requisitos para residir legalmente en el país. Solicita dejar sin efecto la resolución que dispone el abandono del país. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones, informa que el 10 de diciembre de 2019, el recurrente solicitó la prórroga de su residencia temporal sujeta a contrato, la que fue rechazada por medio de la resolución impugnada y ya que de acuerdo al artículo 30 del Decreto Ley N°1094, vigente a la época, la visa de residente temporario solo puede prorrogarse una vez. Afirma que al haberse prorrogado en una ocasión la residencia temporal del recurrente correspondía rechazar la solicitud al no cumplir con las exigencias establecidas en el Decreto Ley N°1.094 y su Reglamento, aplicando la causal de rechazo establecido en el artículo 64 N°6 de dicho Decreto. Tercero: Que la Policía de Investigaciones de Chile, informa que revisado el Sistema de Gestión Policial el recurrente no registra orden de expulsión vigente, así como tampoco, órdenes de aprehensión arrestos o arraigos en su contra. Cuarto: Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señalé la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Agrega su inciso tercero que el mismo recurso po

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido a favor de Clovis Guillaume, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°1061-2025 Amparo.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, once de agosto de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Clovis Guillaume, de nacionalidad haitiana, interpone acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, con motivo de la Resolución Exenta N°1185, de 3 de marzo de 2020, que rechazó la solicitud de residencia definitiva (sic) y dispuso el abandono del país. Indica que la deci

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