A.F.P. HABITAT S.A. CON LEIVA
Rol
P-3437-2008
Fecha
27 de septiembre de 2023
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: -Comparece Manuel Figueroa Saavedra, abogado, domiciliado en calle Bernardo O¨Higgins número 949, piso 9 oficna 902, Santiago, deduce demanda ejecutiva en contra de Marisol Leiva Ibarra, por no pago de cotizaciones previsionales de acuerdo a la resolución n° 1475039, de fecha 29 de mayo de 2008, por la suma de $22.338.-, correspondiente al periodo enero de 2008. Solicitando se ordene despachar mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $22.338.- más reajustes, intereses y recargos, con costas. -Comparece con fecha 23 de junio de 2023, Marisol del Carmen Leiva Ibarra, chilena, cédula de identidad n°11.043.919-9, contadora, en representación de Marisol del Carmen Leiva Ibarra, ambas con domicilio en calle Pedro Montt 1, Villa san Martin 539, departamento 1, comuna de Viña del Mar, representada por la abogada Amanda Crawford Muñoz, cédula de identidad n° 17.995.233-5, con domicilio en calle Villanelo 177, comuna de Viña del Mar, quien opone la excepción de prescripción, de las deudas previsionales y de la acción para el cobro de las mismas y solicita se le tenga por notificada y requerida de pago de la demanda interpuesta en su contra por AFP Santa Maria S.A. Acompaña copia de consulta tributaria de la ejecutada, documento de fecha 16 de junio de 2023, que da cuenta “de los años de los últimos documentos timbrados”. - Se tuvo por evacuado el traslado en rebeldía del ejecutante, con fecha 19 de julio de 2023. - Con fecha 07 de agosto de 2023, se recibió la causa a prueba. Al respecto la ejecutada solicitó oficiar a la Administradora de Fondos de Pensiones Habitat, a fin se informara sobre cotizaciones pendientes de pago respecto del trabajador Rony Richard Quiroz Saavedra. Se recepcionó oficio de la Administradora de Fondos de Pensiones Habitat - El día 25 de septiembre del año en curso se certificó el vencimiento del término probatorio. Con fecha 26 de septiembre de 2023, se citó a las partes a oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: La parte ejecutante solicita el pago de las cotizaciones previsionales adeudadas por la ejecutada, fundada en la resolución N° 1475039, por La suma de $22.338, correspondiente al periodo enero 2008, más reajustes, intereses, recargos y costas. Código: JMNXXXXGCDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 356 SEGUNDO: La ejecutada opuso la excepción de prescripción de la deuda y de la acción ejecutiva basándose en que la relación laboral de don Rony Richard Quiroz Saavedra., cesó el año 2008, año en que finalizó el giro de la empresa, como se demuestra en la situación tributaria acompañada en el tercer otrosí, el que da cuenta que el último talonario fue timbrado el año 20008. Agrega que la notificación válida de la demanda, se produjo en el mes de junio de 2023, por cuanto las acciones de cobro se encuentran prescritas conforme lo dispone el artículo 31 bis de la ley 17.322, habiendo transcurrido más de 10 años desde que el trabajador dejó de prestar servicios. TERCERO: A objeto de probar las alegaciones la ejecutada aportó como prueba documental, no objetada, consistente en: -Copia de consulta de situación tributaria de Terceros, emitida por el Servicio de Impuestos Internos, con fecha 17 de junio de 2023, en la que consta que la contribuyente Marisol del Carmen Leiva Ibarra, RUT 11.043-919-9, realizó actividades: - de restaurantes y suministro industrial de comidas por encargo, concesión de servicios D, con fecha 12 de septiembre de 2006; -y actividades de contabilidad, teneduría de libros y auditoria, consulto y otras actividades de servicios personales N.C.P., con fecha 21 de octubre de 2004. Además se indica que respecto de documentos timbrados: “año último de timbraje ocurrió el año 2008, respecto de facturas, boletas de ventas y servicios”. - Se acompaña a los autos, oficio N° 2549499/23 emitido por la Administradora de Fondos de Pensiones Habitat, en el que se adjunta certificado de cotizaciones del trabajador don Rony Richard Quiroz Saavedra. En dicho documento consta como cotización pendiente correspondiente al periodo enero de 2008 cuyo RUT pagador corresponde a la ejecutada. CUARTO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 17.322 las resoluciones a que se refiere dicho artículo tendrán mérito ejecutivo, es decir, las mismas constituyen un título que da cuenta de una obligación indubitada, líquida y actualmente exigible, siendo en consecuencia carga de la demandada desvirtuar su carácter de tal mediante la comprobación de los presupuestos fácticos de la respectiva excepción opuesta. QUINTO: A fin de resolver la controversia de autos, consistente en la efectividad de haberse verificado los presupuestos fácticos de la excepción de prescripción alegada, resulta necesario señalar que, los artículos 19 del D.L. 3.500 y 31 bis de la ley 17.332 regulan la prescripción en materia de cotizaciones previsionales. La primera de estas normas
Fallo
se declara: 1- Se ACOGE la excepción de prescripción, opuesta por la ejecutada en la forma en que se ha expresado en la parte considerativa de este fallo. 2.- Cada parte pagara sus costas. Notifíquese con esta fecha vía correo electrónico a la ejecutante y a la ejecutada, ambos a través de sus respectivos apoderados. Regístrese y archívese copia. Código: JMNXXXXGCDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 359 RIT: P-3437-2008 RUC: 08-3-0046712-2 Resolvió doña Fresia Esther Ainol Moncada Jueza Titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaíso, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Valparaíso a veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: JMNXXXXGCDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-09-27T09:04:06-0300
Texto Completo (Preview)
355 “A.F.P. HABITAT S.A. CON LEIVA” MATERIA: EJECUTIVO PREVISIONAL RIT : P-3437-2008 REGISTRO N° 55 Valparaíso, veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: -Comparece Manuel Figueroa Saavedra, abogado, domiciliado en calle Bernardo O¨Higgins número 949, piso 9 oficna 902, Santiago, deduce demanda ejecutiva en contra de Marisol Leiva Ibarra, por no pago de cotizaciones previsionales d
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