SOCIEDAD ALEMANA DE BENEFICENCIA CON S.I.I.
Rol
24989-2018
Fecha
25 de enero de 2023
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)
Hechos
Vistos: En estos autos rol de esta Corte Suprema 24.989-2018, referidos a un procedimiento de reclamación iniciado por Sociedad Alemana de Beneficencia, por fallo de uno de diciembre de dos mil dieciséis, escrito a fojas 575 y siguientes, el señor Director Regional Metropolitano Santiago Oriente, del Servicio de Impuestos Internos rechazó el reclamo deducido por la contribuyente, confirmando íntegramente la Resolución A.15.11.2007, de 25 abril de 2007 que fijó el avalúo afecto del bien raíz Rol 2.171-4, de la comuna de Vitacura. Apelada esta sentencia por la reclamante, la Corte de Apelaciones de Santiago, por dictamen de veintinueve de junio de dos mil dieciocho, escrito a fojas 716 y siguientes, lo revocó y, en su lugar, se hizo lugar a la excepción de prescripción opuesta por la reclamante. Contra este último pronunciamiento, el Fisco de Chile, a través del Consejo de Defensa del Estado, dedujo recurso de casación en el fondo, según se lee a fojas 730, para cuyo conocimiento se ordenó traer los autos en relación por resolución de 23 de octubre de 2018. Y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, a través del recurso de casación en el fondo propuesto, se denuncia la infracción a las normas que gobiernan y regulan la suspensión de la prescripción tributaria aplicando el artículo 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y dejando de aplicar el inciso final del artículo 201, en relación al artículo 200 y 24, todos del Código Tributario y, al no haber pronunciamiento sobre el fondo de la controversia en relación con la aplicación, en la especie, de las normas contenidas en la Ley 17.235 sobre Impuesto Territorial de los Bienes Raíces, disponiendo la improcedente aplicación de la exención establecida en la Ley 4.174 de 1927, todo ello en relación al artículo 21 del Código Tributario. Expone que, en estos autos, no hubo paralización en la tramitación por razones que resulten imputables al Servicio de Impuestos Internos —en adelante, el Servicio— sino un plazo razonable para arribar a la convicción por parte del tribunal. Afirma que, durante la tramitación de la causa, estuvo suspendida la prescripción por expresa aplicación del inciso final del artículo 201 del código del ramo, en tanto el Servicio se encontraba impedido de girar los impuestos pertinentes. Agrega que, de acuerdo a la jurisprudencia que cita de esta Corte, el plazo razonable para el juzgamiento de una causa tributaria compleja es un concepto jurídico que resulta indeterminado, el cual carece de delimitación legal, razón por la cual los sentenciadores han incurrido en los errores de derecho que denuncia. Sostiene que, el concepto de la garantía fundamental a ser juzgado dentro un plazo razonable encierra un concepto jurídico que resulta indeterminado, al carecerse de baremos específicos dentro de los cuales se encuadre su aplicación, esto es, no existe una definición o determinación de lo que debe entenderse como “plazo razonable”. En estos antecedentes no concurren —en su concepto— los presupuestos de la institución conocida como decaimiento, derivado de la tramitación excesiva de una causa, por cuanto el principal perjuicio en ese caso es el devengo de intereses, el cual pudo haber sido suspendido por la contribuyente con el pago del capital, lo que no hizo por lo que sostener el decaimiento de la acción genera en concepto del articulista un enriquecimiento ilícito a la contribuyente y un atentado al principio de no ir contra sus propios actos. Reitera el reproche en cuanto a la inexistencia de un baremo específico que logre encuadrar la aplicación de lo que debe entenderse como plazo razonable, para los efectos de aplicar lo dispuesto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y, en relación a lo anterior, destaca que estos antecedentes fueron tramitados de acuerdo a las normas anteriores a la vigencia de la Ley 20.322 por lo que en primera instancia la única parte era el reclamante, quien tenía la carga del impulso procesal respectivo en estos antecedentes, siendo posible observar que la reclamante mantuvo una conducta pasiv
Fallo
fallo de uno de diciembre de dos mil dieciséis, escrito a fojas 575 y siguientes, el señor Director Regional Metropolitano Santiago Oriente, del Servicio de Impuestos Internos rechazó el reclamo deducido por la contribuyente, confirmando íntegramente la Resolución A.15.11.2007, de 25 abril de 2007 que fijó el avalúo afecto del bien raíz Rol 2.171-4, de la comuna de Vitacura. Apelada esta sentencia por la reclamante, la Corte de Apelaciones de Santiago, por dictamen de veintinueve de junio de dos mil dieciocho, escrito a fojas 716 y siguientes, lo revocó y, en su lugar, se hizo lugar a la excepción de prescripción opuesta por la reclamante. Contra este último pronunciamiento, el Fisco de Chile, a través del Consejo de Defensa del Estado, dedujo recurso de casación en el fondo, según se lee a fojas 730, para cuyo conocimiento se ordenó traer los autos en relación por resolución de 23 de octubre de 2018. Y considerando: Primero: Que, a través del recurso de casación en el fondo propuesto, se denuncia la infracción a las normas que gobiernan y regulan la suspensión de la prescripción tributaria aplicando el artículo 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y dejando de aplicar el inciso final del artículo 201, en relación al artículo 200 y 24, todos del Código Tributario y, al no haber pronunciamiento sobre el fondo de la controversia en relación con la aplicación, en la especie, de las normas contenidas en la Ley 17.235 sobre Impuesto Territorial de los Bienes Ra
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinticinco de enero de dos mil veintitrés. Vistos: En estos autos rol de esta Corte Suprema 24.989-2018, referidos a un procedimiento de reclamación iniciado por Sociedad Alemana de Beneficencia, por fallo de uno de diciembre de dos mil dieciséis, escrito a fojas 575 y siguientes, el señor Director Regional Metropolitano Santiago Oriente, del Servicio de Impuestos Internos rechazó el r
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica