JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ AFRICA PAMELA DEL RIO CARDENAS

Rol

Fecha

9 de agosto de 2025

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la medida cautelar de arresto domiciliario parcial nocturno respecto de la imputada Marina del Carmen Cárdenas Oyarzún. 2º) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se le atribuye a la imputada. Lo anterior

Fundamentos

considerando el parte policial, diligencias investigativas realizadas por la Brigada del OS7, fijaciones fotográficas del allanamiento, cantidad de droga incautada, a qué se hizo referencia en audiencia, lo que da cuenta de la dinámica de los hechos y participación de la encartada. 3°) Que, con respecto a la necesidad de cautela prevista en la letra c) del mismo artículo, ésta sólo se ve resguardada con la medida de prisión preventiva, teniendo en consideración las circunstancias y modalidades de comisión del delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades por el cual se formalizó la investigación, la forma de cumplimiento en el evento de mediar condena, la existencia de condena pretérita por ilícito de la misma naturaleza y haber actuado en grupo o pandilla, lo que permite estimar que la libertad de la imputada, por medio de la aplicación de una cautelar menos gravosa, importa un peligro para la seguridad de la sociedad.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, 155 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución en alzada de fecha ocho de agosto del año en curso, pronunciada por el Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Rolando Díaz Coloma, que dispuso la medida cautelar de arresto domiciliario parcial y, en su lugar, se decreta la medida cautelar de prisión preventiva respecto de la imputada Marina del Carmen Cárdenas Oyarzún. Téngase por notificados a los intervinientes en este acto. Devuélvase. Rol Penal N°924-2025.-

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, nueve de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la medida cautelar de arresto domiciliario parcial nocturno respecto de la imputada Marina del Carmen Cárdenas Oyarzún. 2º) Que, del mérito de

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