JUZGADO DE GARANTIA DE LOS ANGELES

MINISTERIO PUBLICO C/ JUAN CARLOS CURRIAO FLORES

Rol

Fecha

8 de agosto de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°. - Que, la defensa ha apelado de la resolución que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva al imputado Juan Carlos Curriao Flores, quien se encuentra formalizado por los delitos de incendio con peligro para las personas e incendio de bosques y ha solicitado, se revoque la resolución en alzada, dejando sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva, decretando, a su vez, otra de las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal 2°. - Que, conforme al mérito de los antecedentes que obran en la investigación y expuestas por el Ministerio Público que han establecido la concurrencia de las letras a) y b) del artículo 140 las que en todo caso no han sido controvertidas. 3°. - Que en lo que dice relación con la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esta Corte comparte los argumentos de la jueza a quo en cuanto a que no han variado los antecedentes que se tuvieron en vista al momento de decretar la prisión preventiva respecto del imputado Juan Carlos Curriao Flores, tomando en especial consideración la prognosis de pena, la forma de comisión, la multiplicidad de hechos y el carácter de pluriofensivo de delito de incendio. 4°.- Que los antecedentes alegados por la defensa en cuanto al arraigo social, familiar y laboral son insuficientes para alterar la medida cautelar decretada en su oportunidad que aparece como la única suficiente, proporcional e idónea para asegurar los fines del procedimiento en esta etapa procesal. Por lo razonado y de conformidad con lo previsto en los artículos 139, 140, 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de treinta y uno de julio de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Juan Carlos Curriao Flores. Comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-1248-2025.

Texto Completo (Preview)

Concepción, ocho de agosto de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°. - Que, la defensa ha apelado de la resolución que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva al imputado Juan Carlos Curriao Flores, quien se encuentra formalizado por los delitos de incendio con peligro para las personas e incendio de bosques y ha solicitado, se revoque la resolución en alzada, dejan

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