A.F.P. CAPITAL S.A. CON BESSER Y CIA LIMITADA
Rol
Fecha
8 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA SIN COSTAS
Hechos
Visto y teniendo, además, presente: 1° Esta Corte comparte los
Fundamentos
fundamentos expresados en el considerando undécimo del
Fallo
fallo en alzada que incide en el fundamento de la apelación de la parte ejecutante, en el sentido que la norma excepcional citada no regula la situación de la excepción de prescripción, debiendo regirse ésta por las reglas generales. 2° En cuanto a la carga procesal de las costas, el criterio jurídico de la jueza a quo será ratificado, toda vez que, al momento de ser presentada la demanda, la deuda que se cobra no se encontraba prescrita y la ejecutante realizó actuaciones tendientes a notificar dicho libelo, sin resultados positivos. Por lo razonado, se confirma, sin costas de esta instancia, por haber tenido motivos plausibles para alzarse, la sentencia definitiva de treinta y uno de enero de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, a folio 40 de los autos Rol P-8748-2016 del ingreso de dicho tribunal. Regístrese y devuélvase. Redactó la abogada integrante señora Laura Silva Uribe. N° Laboral - Cobranza-131-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CCL/shp Concepción, ocho de agosto de dos mil veinticinco. Visto y teniendo, además, presente: 1° Esta Corte comparte los fundamentos expresados en el considerando undécimo del fallo en alzada que incide en el fundamento de la apelación de la parte ejecutante, en el sentido que la norma excepcional citada no regula la situación de la excepción de prescripción, debiendo regirse
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