SIN INFORMACION

VIVERO/SERVICIO DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

8 de agosto de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto 1. A folio 1 Rodrigo Frías Molina, Abogado de la Corporación de Asistencia Judicial del Biobío, comparece a nombre de José Rodolfo Vivero Quintero, ecuatoriano, documento de identidad n.° 17.272.8724-3, domiciliado en calle Baquedano n.° 647 Valdivia, y deduce recurso especial contra la Resolución Exenta N° 18400 de 28 de mayo del año 2025 que dispuso su expulsión de territorio nacional. Indicó que su representado ingresó a Chile por paso no habilitado en agosto del año 2024, autodenunciándose y permaneciendo siempre sujeto a control de autoridad migratoria. Agregó que si bien reconoce su falta, la sanción en su conjunto resulta desproporcionada ya que desatiende la circunstancia de que no existe reiteración y que su decisión migratoria está determinada por necesidades de supervivencia. Pretende se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 18400 de 28 de mayo de 2025 y se declare que no es sujeto de sanción expulsiva del territorio nacional; o en subsidio disponer la rebaja del plazo por el cual se prohíbe su reingreso a territorio nacional rebajándolo a 2 años. 2. A folio 10 el Servicio Nacional de Migraciones informó que no consta registro sobre el ingreso del extranjero recurrente al territorio nacional por medio de paso fronterizo habilitado, a lo cual se suma que por medio de Informe N.° 314 de fecha 23 de agosto de 2024 emanado de la Policía de Investigaciones se denuncia su ingreso al país de forma irregular eludiendo el control respectivo. Indicó que mediante acta de notificación de fecha 30 abril 2025, procedente de la Policía de Investigaciones de Chile se informó al recurrente el inicio de un procedimiento sancionatorio seguido en su contra por infringir la legislación migratoria vigente, otorgándole un plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción de la notificación, para realizar sus descargos. Agregó que con fecha 15 de mayo de 2025 el recurrente remitió sus descargos, señalando que ingresó al territorio nacional por paso no habilitado

Fundamentos

considerando su carácter de derecho estricto.

Fallo

Por lo expuesto, normas citadas, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 141 de la ley 21.325; Se rechaza, sin costas, el recurso de reclamación interpuesto por José Rodolfo Vivero Quintero en contra de la Resolución Exenta N° 18400 de 28 de mayo del año 2025 del Servicio Nacional de Migraciones que dispuso su expulsión del territorio nacional. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol 24-2025 Contencioso Administrativo.

Texto Completo (Preview)

Valdivia, ocho de agosto de dos mil veinticinco. Visto 1. A folio 1 Rodrigo Frías Molina, Abogado de la Corporación de Asistencia Judicial del Biobío, comparece a nombre de José Rodolfo Vivero Quintero, ecuatoriano, documento de identidad n.° 17.272.8724-3, domiciliado en calle Baquedano n.° 647 Valdivia, y deduce recurso especial contra la Resolución Exenta N° 18400 de 28 de mayo del año 2025 qu

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