PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./LAGOS
Rol
Fecha
8 de agosto de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo únicamente presente que la ejecutante se allanó a la excepción deducida, y previamente hizo gestiones para intentar notificar a la ejecutada, elementos que configuran fundamento plausible para litigar, y , visto además lo dispuesto en los artículos 144, 186 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia de fecha dieciséis de mayo de dos mil veinticinco, en su parte apelada, por la que condenó en costas a la ejecutante y en su lugar se decide que se le absuelve de ellas. Regístrese y, en su oportunidad devuélvase. N°Civil-449-2025.
Fallo
se decide que se le absuelve de ellas. Regístrese y, en su oportunidad devuélvase. N°Civil-449-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán Chillán, ocho de agosto de dos mil veinticinco. Visto y teniendo únicamente presente que la ejecutante se allanó a la excepción deducida, y previamente hizo gestiones para intentar notificar a la ejecutada, elementos que configuran fundamento plausible para litigar, y , visto además lo dispuesto en los artículos 144, 186 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentenc
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