JUZGADO DE FAMILIA COLINA

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

8 de agosto de 2025

Materia

ALIMENTOS

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 19.968, se confirma la sentencia apelada dictada el ocho de octubre de dos mil veinticuatro, por el Juzgado de Familia de Colina. Regístrese y devuélvase. N° 3634-2024 Familia.

Texto Completo (Preview)

Santiago, ocho de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 19.968, se confirma la sentencia apelada dictada el ocho de octubre de dos mil veinticuatro, por el Juzgado de Familia de Colina. Regístrese y devuélvase. N° 3634-2024 Familia.

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica