SIN INFORMACION

VALENZUELA MARTINEZ HELLEN EVELYN CONTRA COLEGIO DIEGO PORTALES Y OTROS

Rol

Fecha

8 de agosto de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Comparece doña Hellen Evelyn Valenzuela Martínez en calidad de apoderada y madre del estudiante Kenneth Ethan Alvarado Valenzuela, por quien deduce acción constitucional de protección en contra del Colegio Diego Portales, Secretaria Regional Ministerial de Educación y la Superintendencia de Educación (“SIE”). Señala que el 9 de junio de 2025, fue notificada por el Colegio Diego Portales de la expulsión de su hijo, alumno de 1° medio, como consecuencia de una riña con otro estudiante, Darius Rodríguez, quien lo habría hostigado desde marzo. El incidente ocurrió durante una prueba de matemáticas, sin intervención del profesor presente, y quedó registrado en cámaras. Sostiene que, aunque el protegido cesó su actuar al oír a la inspectora mencionar “aula segura”, no se adoptaron medidas de apoyo emocional o pedagógico para abordar la situación, pese a que el colegio conocía los problemas personales que él enfrentaba. Reconoce que su hijo actuó incorrectamente, pero estima que la expulsión es desproporcionada,

Fundamentos

considerando su trayectoria escolar desde kínder, su reciente rol como delegado de convivencia y sus avances conductuales. Agrega que el protegido ha sido víctima de acoso reiterado por parte de un alumno llamado Martín Bravo, denunciado en 2019 sin resultados efectivos, y que en otras ocasiones ha sido agredido por pares sin reacción institucional adecuada. Menciona lo ocurrido en 2024, oportunidad en que un alumno con TEA lo golpeó severamente sin provocación, situación constatada por las autoridades escolares. No obstante, pese a reiteradas solicitudes de cambio de curso, estas fueron denegadas por falta de vacantes. En la actualidad, el estudiante permanece sin matrícula ni acceso a educación, quedando en situación de vulnerabilidad. Solicita ordenar se adopten las medidas o providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del derecho conculcado al afectado y en definitiva se reintegre al protegido al Colegio Diego Portales Evacua informe el Colegio Diego Portales, describe los hechos ocurridos el 26 de mayo de 2025, cuando Kenneth y otro estudiante (Darius Rodríguez) protagonizaron una riña durante una evaluación de matemáticas, con agresiones físicas que alteraron el desarrollo normal de la clase y generaron temor en el curso. Ambos estudiantes fueron derivados a inspectoría general y examinados por la enfermera, quien constató lesiones. Explica el procedimiento disciplinario seguido, basado en la Ley N°21.128 "Aula Segura”, por el que el 27 de mayo se notificó formalmente a las apoderadas la apertura del proceso de expulsión conforme a la Ley N°21.128 “Aula Segura”, entregándoles información sobre el procedimiento, plazos para descargos, medida cautelar de suspensión por 10 días, y el derecho a apelar. Añade que el 09 de junio, el protegido presentó sus descargos, aunque fuera del plazo indicado, reconociendo los hechos y solicitando una oportunidad de compromiso. Ese mismo día se notificó a su apoderada la resolución de expulsión, indicándole el derecho a apelar. La apelación fue presentada el 11 de junio y revisada por el Consejo de Profesores el 12 de junio, instancia en la que se resolvió mantener la medida con 11 votos a favor y ninguno en contra, ratificando la expulsión por considerar que los hechos comprometían gravemente la integridad física y psíquica de la comunidad escolar. La resolución fue notificada personalmente el 17 de junio y remitida a la Superintendencia de Educación el 24 del mismo mes. Mediante Oficio Ordinario N°662, dicha entidad concluyó que el procedimiento seguido por el colegio se ajustó a la normativa educacional vigente. En cuanto al derecho a la educación, sostiene que no fue vulnerado, ya que durante el proceso se garantizó el envío de material pedagógico y se respetó el debido proceso conforme a la normativa interna y a la Ley “Aula Segura”. Argumentó que el recurso de protección no es la vía idónea para discutir el fondo de la medida, por cuanto el derecho

Texto Completo (Preview)

Iquique, ocho de agosto de dos mil veinticinco. VISTO: Comparece doña Hellen Evelyn Valenzuela Martínez en calidad de apoderada y madre del estudiante Kenneth Ethan Alvarado Valenzuela, por quien deduce acción constitucional de protección en contra del Colegio Diego Portales, Secretaria Regional Ministerial de Educación y la Superintendencia de Educación (“SIE”). Señala que el 9 de junio de 2025,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica