RADOJCIC STEVAN/ COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)
Rol
Fecha
7 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que comparece doña Yelena Radojcic en favor de su hermano, STEVAN RADOJCIC, quien actualmente cumple condena privativa de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, deduciendo el presente recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Santiago que, mediante informe de fecha de 25 de abril de 2025, rechazó otorgarle el beneficio de libertad condicional. SEGUNDO: A folio 4, informa doña Sandra Araya Naranjo, ministra, presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, señalando que los
Fundamentos
motivos por los cuales el beneficio fue desestimado constan en la resolución que se impugna por esta vía y cuya copia acompaña. El informe de Gendarmería de Chile señala que el interno fue condenado por el Tercer Juzgado de Letras Curicó, Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago y Juzgado de Garantía de Talagante a las penas de 541, 61, 818, 61 y 3348 días por robo con fuerza en lugar no habitado, hurto, robo lugar habitado o destinado a la habitación, porte ilegal de arma de fuego, uso malicioso instrumento público falso, receptación, a lo que se suma un quebrantamiento. Inició su condena el día 22 de diciembre de 2014, la que tiene como plazo de término el 11 de marzo de 2028. TERCERO: Que, el recurso de amparo constituye jurídicamente una acción cautelar, de índole constitucional, cuyo contenido específico es el requerimiento de tutela jurisdiccional frente a privaciones de libertad ambulatoria, con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, frente a amenazas ilegales al ejercicio de dicha libertad y frente a privaciones, perturbaciones o amenazas a la seguridad individual, sin limitaciones y sin que importe el origen de tales atentados. CUARTO: Que por medio de la presente acción se cuestiona la legalidad de la resolución de fecha 25 de abril de 2025, emanado de la Comisión de Libertad Condicional, que rechazó el beneficio de libertad condicional al recurrente, por los fundamentos señalados en la mencionada resolución, la que fue acompañada en estos autos y dicen relación con la ponderación que dicha Comisión, con arreglo a las atribuciones que el Decreto Ley N°321 le otorga, y que pudo comprobar. Indica que el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio y que además mantiene una conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley citado, sin perjuicio de lo cual, la misma documentación dio cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. QUINTO: Que, por su parte, la decisión de la Comisión recurrida se encuentra debidamente fundada en los antecedentes proporcionados por la autoridad penitenciaria, institución que ha entregado a expertos la redacción del informe contemplado y ordenado por el artículo 4° del aludido cuerpo normativo. SEXTO: Que, en efecto, del análisis del informe de postulación psicosocial de libertad condicional, se advierte que el postulante no presenta avances significativos en su proceso de reinserción social. En este sentido, se aprecia que el amparado presenta un nivel de riesgo/necesidad de reincidencia alto medio, señalando el amparado que en el medio libre sólo se dedicaba a delinquir. SÉPTIMO: Que, de este modo, al dictar la resolución impugnada, en cuyo texto constan las razones para fundamentar su negativa, la Comisión no ha infringido la normativa legal pr
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los art culos 19 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo en favor de Stevan Radojcic, interpuesto en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, notifíquese, y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-3052-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, siete de agosto de dos mil veinticinco. VISTOS: PRIMERO: Que comparece doña Yelena Radojcic en favor de su hermano, STEVAN RADOJCIC, quien actualmente cumple condena privativa de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, deduciendo el presente recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Santiago que, mediante informe de fech
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