PREMADE CHILE SPA/ROBLES
Rol
Fecha
7 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: 1º) Fernando Ruiz Vivanco, abogado, en representación de Premade Chile SpA, demandada, en juicio ordinario caratulado “Veas con Premade Chile SpA”, Rol C-1187-2024, seguido ante el Segundo Juzgado Civil de Valdivia, dedujo recurso de hecho en contra de la resolución de 17 de julio de 2025, que no concedió su apelación subsidiaria, atendidas las características de la resolución recurrida. 2º) Informó Marcela Robles Sanguinetti, jueza del Segundo Juzgado Civil de Valdivia, señalando que la apelación fue rechazada de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la resolución recurrida decreta una diligencia probatoria y es, por lo tanto, inapelable. 3º) El recurso de hecho es un acto jurídico procesal de parte que se realiza directamente ante el tribunal superior jerárquico, a fin de solicitarle que enmiende con arreglo a derecho la resolución errónea pronunciada por el inferior acerca del otorgamiento o denegación de una apelación interpuesta por él. (Mosquera, Mario y Maturana, Cristián, Los Recursos Procesales, Editorial Jurídica de Chile, 3a edición actualizada, Santiago, 2021, p. 262) En este caso, se ha ejercido el denominado verdadero recurso de hecho, mediante el que se impugna el rechazo de un recurso de apelación que debió ser concedido de acuerdo con las reglas generales. 4º) En la especie, el recurrente pretende que se declare admisible la apelación subsidiaria que interpuso respecto de la resolución que, acogiendo la petición de la contraria, citó a las partes a una audiencia de exhibición de documentos. 5º) El artículo 326, inciso segundo, del Código de Procedimiento Civil, fundamento normativo de la resolución que mediante este recurso se impugna, establece que: “Son inapelables la resolución que dispone la práctica de alguna diligencia probatoria y la que da lugar a la ampliación de la prueba sobre hechos nuevos alegados durante el término probatorio.” 6º) La afirmación del re
Fallo
Por lo expuesto, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se RECHAZA el recurso de hecho interpuesto por el abogado Fernando Ruiz Vivanco, por la demandada, en contra de la resolución de 17 de julio de 2025, dictada en juicio ordinario caratulado “Veas con Premade Chile SpA”, Rol C-1187-2024, seguido ante el Segundo Juzgado Civil de Valdivia. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°Civil-887-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, siete de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: 1º) Fernando Ruiz Vivanco, abogado, en representación de Premade Chile SpA, demandada, en juicio ordinario caratulado “Veas con Premade Chile SpA”, Rol C-1187-2024, seguido ante el Segundo Juzgado Civil de Valdivia, dedujo recurso de hecho en contra de la resolución de 17 de julio de 2025, que no concedió su apelación subs
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