LOUIDONNE LAGUERRE/ SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
7 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA/COMUNICAR.
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Louidonne Laguerre, de nacionalidad haitiana, C.I para extranjeros N° 26.442.630-8, quien deduce acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la dictación de la Resolución Exenta N° 24596610, de fecha 26 de diciembre de 2024, del Servicio Nacional de Migraciones, la que rechaza su solicitud de residencia definitiva que indica y dispone abandono del país. Solicita se acoja dicha acción, dejando sin efecto la resolución antes referida, así como la orden de abandono en ella contenida, permitiéndole pagar su multa, ya que sus antecedentes vencen el 6 de octubre de 2025. Refiere tener familia y amigos en Chile, y que por mal asesoramiento, no realizó el pago de la multa que indicaba la plataforma y tampoco pudo enviar el certificado de antecedentes penales, ya que su país le limitaba el poder obtenerlos, indica que los pidió el año 2022 y recién le llegaron en abril de 2025, después de casi 3 años de espera, pudiendo contar con dicho documento legalizado, apostillado y traducido. Agrega que está ahorrando el dinero para cancelar la multa, siendo ese el motivo de la acción, para poder subir sus documentos y pagar la multa. Acompaña a su presentación, entre otros antecedentes, el certificado de antecedentes de su país de origen, debidamente apostillado. SEGUNDO: A folio 4 comparece el recurrido Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción de autos. Refiere que el amparado solicitó residencia definitiva mediante solicitud ID N° 50968318, con notificación previo rechazo, ya que la persona extranjera no presentó copia de la sanción por residir en el país con el permiso de residencia vencido, lo que no fue subsanado, de modo que mediante Resolución Exenta N° 24596610 de fecha 26 de diciembre de 2024 del Servicio Nacional de Migraciones, que ahora se impugna, se rechazó dicha solicitud, precisamente por no presentar copia de la
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de amparo, SE ACOGE, la acción constitucional de amparo interpuesta por Louidonne Laguerre, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dejándose sin efecto la Resolución Exenta N° 24596610, de fecha 26 de diciembre de 2024, debiendo emitir el Servicio recurrido un nuevo pronunciamiento que considere los antecedentes que deberá aparejar el amparado dentro del término de 60 días, previa determinación del monto de la multa que corresponda pagar, si fuera del caso. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 641-2025/Amparo.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, siete de agosto de dos mil veinticinco VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Louidonne Laguerre, de nacionalidad haitiana, C.I para extranjeros N° 26.442.630-8, quien deduce acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la dictación de la Resolución Exenta N° 24596610, de fecha 26 de diciembre d
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