SIN INFORMACION

SÁEZ/MAUREIRA (LTE) A LA VISTA I.C. N° 12047-2025.-

Rol

Fecha

7 de agosto de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Francisca Noll Vergara, apoderada de la demandante incidental y apelante en causa Rol V-206-2024, sobre interdicción por demencia, sustanciado en el Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago, quien interpone recurso de hecho contra la resolución de 11 de julio último, que concedió en el sólo efecto devolutivo el recurso de apelación deducido contra la sentencia definitiva dictada en un procedimiento voluntario, en circunstancias que en su concepto debió haber sido concedido en ambos efectos. Sostiene que la gestión no contenciosa de interdicción por demencia de su madre fue ingresada por su hermana y que ambos son hijos de la persona a quien pretende declarar interdicta, oponiéndose a la solicitud de curatela presentada. Por ello estima tomó la calidad procesal de demandante incidental de previo y especial pronunciamiento, con el fin que se declare la administración compartida de los bienes de la pupila. Indica luego la recurrente que la naturaleza del procedimiento habría mutado de uno voluntario a un litigio contencioso por oposición, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 823 del Código Procedimiento Civil, pasando el recurrente a tener la calidad de demandante y la solicitante demandada, debiendo existir una etapa de discusión, probatoria y la sentencia definitiva, lo que en último término fue lo apelado por su parte, estimando que deben seguirse las reglas de los artículos 193 y 195 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto al no señalar el recurso de apelación sus efectos, debe entenderse que comprende ambos, devolutivo y suspensivo, aplicando las reglas generales, al no establecer el artículo 822 del mismo Código los efectos de la apelación. Segundo: Que el denominado por la doctrina falso recurso de hecho se ha definido como el que se interpone directamente ante el superior jerárquico del tribunal de instancia en los casos que éste resuelve dar lugar de forma improcedente a una apelación

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en la norma legal citada y en el 196 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido por la abogada Francisca Noll Vergara contra la resolución de once de julio de dos mil veinticinco, dictada por el Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago en los autos Rol V-206-2024. Déjese copia de la presente resolución en el ingreso N° 12.047-2025. Regístrese y archívese. Civil N°12.461-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, siete de agosto de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Francisca Noll Vergara, apoderada de la demandante incidental y apelante en causa Rol V-206-2024, sobre interdicción por demencia, sustanciado en el Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago, quien interpone recurso de hecho contra la resolución de 11 de julio último, qu

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