BANCO DE CHILE/HALES
Rol
Fecha
7 de agosto de 2025
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y con la cuenta dada, estimándose por estos sentenciadores que la decisión del tribunal a quo se encuentra ajustada a derecho, teniendo presente que el término probatorio respecto a la tercería de prelación deducida en autos, se tramite bajo las reglas del procedimiento incidental, correspondiendo la notificación por el estado diario respecto de la resolución que recibió la causa a prueba y habiendo transcurrido latamente el plazo legal para acompañar prueba a la época de presentación de los escritos de folio 15 y 16 y, de conformidad a lo señalado en el artículo 186 y siguientes del mismo texto legal; se confirma, la decisión en alzada de fecha trece de febrero de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Letras de Puerto Varas. No firma el Ministro don Jaime Vicente Meza Sáez, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa, por encontrarse con licencia médica. Devuélvase. Rol Civil N° 376-2025.-
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, siete de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y con la cuenta dada, estimándose por estos sentenciadores que la decisión del tribunal a quo se encuentra ajustada a derecho, teniendo presente que el término probatorio respecto a la tercería de prelación deducida en autos, se tramite bajo las reglas del procedimiento incidental, correspondiendo
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica