MP C/ ALEJANDRO MAURICIO SOTO VERA
Rol
Fecha
7 de agosto de 2025
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se atribuye al encartado, constitutivos de un delito de robo en lugar habitado. Lo anterior considerando principalmente la declaración de la testigo, de la víctima y fotografías a que se hizo alusión, y darían cuenta de la fuerza aplicada y fractura del acceso. 3°) Que, respecto de la necesidad de cautela prevista en la letra c) del mismo artículo, se advierte que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, teniendo en consideración el carácter del delito por el cual fue formalizado, la eventual pena y forma de cumplimiento, y la existencia de condenas pretéritas por delitos de similar naturaleza. Por estos fundamentos, y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, 155 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución en alzada de fecha treinta y uno de julio del año en curso, dictada por doña Lorena Fresard Briones, Jueza del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que dispuso la medida cautelar de prisión preventiva que pesa sobre el imputado Alejandro Mauricio Soto Vera. Devuélvase. Rol Penal 906-2025.-
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, siete de agosto de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprend
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