JUZGADO DE GARANTIA DE RANCAGUA

MP C/ IVÁN GONZALO RODRÍGUEZ LEIVA

Rol

Fecha

7 de agosto de 2025

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: 1.- Que, en la presente causa se recurre por el Ministerio Público contra la resolución de fecha 6 de agosto de 2025, dictada por el Juzgado de Garantía de Rancagua, en cuanto fijó una caución respecto del acusado Iván Gonzalo Rodríguez Leiva, solicitando que revocando la misma, no se fije caución alguna. 2.- Que, la resolución apelada se funda, principalmente, en que el encartado se encuentra pronto a cumplir tres años sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva en esta causa, fundamento que no resulta efectivo, toda vez que, si bien dicha medida cautelar se inició con fecha 17 de octubre de 2022, lo cierto es que en el mes de noviembre de 2023 ésta cesó, por cuanto el acusado ingresó a cumplir una pena que le fuera impuesta en causa diversa, de manera efectiva, situación que se mantuvo hasta el mes de mayo del año en curso. De esta manera, sólo entre el mes de octubre de 2022 y noviembre de 2023, y luego de mayo de este año hasta la fecha, el acusado se ha mantenido sujeto a prisión preventiva en esta causa, por el tiempo aproximado de un año y medio. 3.- Que, asentado lo anterior, debe considerarse que la presente causa se encuentra en la etapa procesal de juicio oral, en la que el encartado ha sido acusado por un delito de robo con violencia y,

Fundamentos

considerando que no le favorece la circunstancia atenuante del artículo 11 N° 6 del Código punitivo, se tiene que la sanción probable a imponer corresponde a una de crimen, y que tendrá el carácter de efectivo, de lo que se desprende que la fijación y pago de una caución no es suficiente para mantener al acusado vinculado a los actos del procedimiento, por lo que la resolución en alzada será revocada, según se dirá. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 140, 146, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de fecha seis de agosto del año en curso, en la causa RIT 7972-2022, dictada por el Juzgado de Garantía de Rancagua y, en su lugar,

Fallo

se decide que no se fija caución alguna respecto del acusado Iván Gonzalo Rodríguez Leiva, quien deberá mantenerse sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva, por constituir su libertad un peligro de fuga. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 892-2025 Penal.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, siete de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: 1.- Que, en la presente causa se recurre por el Ministerio Público contra la resolución de fecha 6 de agosto de 2025, dictada por el Juzgado de Garantía de Rancagua, en cuanto fijó una caución respecto del acusado Iván Gonzalo Rodríguez Leiva, solicitando que revocando la misma, no se fije caución alguna. 2.- Que, la reso

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