ANGELA MELISA MENA RUBILAR /I. MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION Y OTROS
Rol
Fecha
6 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Comparece Ángela Melisa Mena Rubilar, sobrina de Jacqueline Marlene Mena Sánchez e interpone recurso de protección en contra de ésta última, por estimar que los actos y omisiones, en el contexto de una grave situación de salud mental no tratada y auto negligencia extrema, constituyen una amenaza actual y grave a su propia vida e integridad física y psíquica, garantías protegidas por el artículo 19 N°1 de la Constitución Política de la República. Explica que su tía la señora Mena Sánchez es una persona mayor, vive sola desde hace años y ha desarrollado un progresivo deterioro de su salud mental, situación que la ha llevado a un nivel extremo de aislamiento, acumulación compulsiva, deterioro físico y abandono personal. En la actualidad, se encuentra postrada dentro de su domicilio, el cual ha sido completamente inhabilitado por la acumulación de basura, objetos, humedad e insalubridad. No permite el ingreso de ningún familiar, profesional de la salud ni personal municipal o policial, y se niega a recibir cualquier tipo de atención o ayuda, salvo en ocasiones esporádicas donde acepta comida enlatada a través de una reja o ventana. El estado del inmueble es insalubre, con presencia de aguas servidas, animales muertos y riesgo sanitario grave por presencia de roedores. Afirma que hace más de dos semanas falleció su gata y mi tía aún mantiene su cuerpo dentro del hogar, lo que agrava el riesgo sanitario. La vivienda se encuentra inundada, con fuerte hedor perceptible desde la calle, situación que ha sido constatada por fotos y por personal del COSAM, quienes han acudido en reiteradas ocasiones sin poder ingresar al domicilio. Refiere que actualmente se encuentra en el N° 33 de la lista de espera para hospitalización administrativa involuntaria, según resolución médica. Sin embargo, el proceso ha quedado detenido por la imposibilidad de ingresar a su domicilio sin orden judicial. A pesar de múltiples oficios y coordinaciones con el CESFAM, COSAM, Seremi de Salud,
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales de la Excma. Corte Suprema, se rechaza, sin costas, el recurso interpuesto por Ángela Mena Rubilar en favor de su tía Jacqueline Marlene Mena Sánchez. Regístrese, notifíquese y archívese oportunamente. Redactó la ministra Valentina Salvo Oviedo. No firma la ministra suplente Jimena Troncoso Sáez, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse con feriado legal. Rol N° 1266-2025 Protección.
Texto Completo (Preview)
Concepción, seis de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: Comparece Ángela Melisa Mena Rubilar, sobrina de Jacqueline Marlene Mena Sánchez e interpone recurso de protección en contra de ésta última, por estimar que los actos y omisiones, en el contexto de una grave situación de salud mental no tratada y auto negligencia extrema, constituyen una amenaza actual y grave a su propia vida e integrida
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica