1º JUZGADO DE LETRAS DE RENGO

MOLINA CON PIZARRO

Rol

Fecha

6 de agosto de 2025

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

CONFIRMADA/ OMITE PRONUNCIAMIE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 152, 159 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I.- Que, se confirman, las resoluciones apeladas de fecha quince de enero de dos mil veinticinco, dictada a folio 8 del cuaderno de abandono de procedimiento y la de fecha dos de junio de dos mil veinticinco, dictada a folio 121 del cuaderno principal, ambas en la causa ROL C-956-2019, por el Primer Juzgado de Letras de Rengo. II.- Que, se omite pronunciamiento, por haber perdido oportunidad, respecto de la apelación deducida en contra de la resolución de fecha quince de abril de dos mil veinticinco, dictada a folio 99 del cuaderno principal, dictada en la causa ya referida. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 1738-2024-Civil (Acumuladas Roles 1821-2024; 150-2025; 608-2025 y 886-2025).

Fallo

se resuelve: I.- Que, se confirman, las resoluciones apeladas de fecha quince de enero de dos mil veinticinco, dictada a folio 8 del cuaderno de abandono de procedimiento y la de fecha dos de junio de dos mil veinticinco, dictada a folio 121 del cuaderno principal, ambas en la causa ROL C-956-2019, por el Primer Juzgado de Letras de Rengo. II.- Que, se omite pronunciamiento, por haber perdido oportunidad, respecto de la apelación deducida en contra de la resolución de fecha quince de abril de dos mil veinticinco, dictada a folio 99 del cuaderno principal, dictada en la causa ya referida. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 1738-2024-Civil (Acumuladas Roles 1821-2024; 150-2025; 608-2025 y 886-2025).

Texto Completo (Preview)

Rancagua, seis de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 152, 159 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I.- Que, se confirman, las resoluciones apeladas de fecha quince de enero de dos mil veinticinco, dictada a folio 8 del cuaderno de abandono de procedimiento y la de fecha dos de junio de dos mil

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica