UNIVERSIDAD CATÓLICA DE LA SANTÍSIMA CONCEPCIÓN/RETAMAL
Rol
Fecha
6 de agosto de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA, SIN COSTAS
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente que, en sede civil está vedado para el tribunal subsidiar la actividad procesal de las partes, de suerte tal que no puede el tribunal por sí y ante si adelantarse a lo que eventualmente puede ser una excepción o defensa que la parte demandada tiene para ejercer. Y conforme a lo previsto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, sin costas del recurso, la resolución apelada de trece de junio de dos mil veinticinco, dictada por el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, en la causa Rol C-3213-2025, del ingreso de dicho tribunal, mediante la cual se declaró prescrita la acción de cobro, y, en su lugar, se decide que el juez del a quo deberá proveer, como fuere de derecho la aludida demanda, dándole la tramitación correspondiente. Devuélvase N°Civil-1677-2025.
Fallo
se decide que el juez del a quo deberá proveer, como fuere de derecho la aludida demanda, dándole la tramitación correspondiente. Devuélvase N°Civil-1677-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CAS/cms Concepción, seis de agosto de dos mil veinticinco. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente que, en sede civil está vedado para el tribunal subsidiar la actividad procesal de las partes, de suerte tal que no puede el tribunal por sí y ante si adelantarse a lo que eventualmente puede ser una excepción o defensa que la parte demandada tiene para e
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