JUZGADO DE GARANTIA DE TEMUCO

MINISTERIO PUBLICO C/ EDINSON HERNAN MILLAR HENRIQUE

Rol

Fecha

6 de agosto de 2025

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

ABANDONADO RECURSO

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de la certificación precedente y lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal se declara ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por el abogado don Miguel Neira Beltrán en contra resolución dictada con fecha veintiocho de julio del año en curso, que decretó mantener la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado EDINSON HERNÁN MILLAR HENRIQUE. Devuélvase. N°Penal-962-2025. (csd)

Fallo

se declara ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por el abogado don Miguel Neira Beltrán en contra resolución dictada con fecha veintiocho de julio del año en curso, que decretó mantener la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado EDINSON HERNÁN MILLAR HENRIQUE. Devuélvase. N°Penal-962-2025. (csd)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, seis de agosto de dos mil veinticinco. Al folio 3: A lo principal y otrosí: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de la certificación precedente y lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal se declara ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por el abogado don Miguel Neira Beltrán en contra resolución dictada con fecha veintiocho de jul

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