1º JUZGADO CIVIL DE CHILLAN

I MUNICIPALIDAD DE CHILLAN/AGROGANADERA LAS PEÑAS LIMITADA

Rol

Fecha

5 de agosto de 2025

Materia

OTROS EJECUTIVOS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes,

Fundamentos

considerando que la decisión adoptada por la jueza a quo en relación al fondo del asunto importa la absolución del ejecutado, y atendido lo establecido en el artículo 471 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia en alzada de fecha seis de enero de dos mil veinticinco, en aquella parte en que ordena que las costas sean distribuidas en forma proporcional y en su lugar

Fallo

se resuelve que las mismas son de cargo de la parte ejecutante. Regístrese y, en su oportunidad devuélvase. N°Civil-73-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán LGC/ Chillán, cinco de agosto de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, considerando que la decisión adoptada por la jueza a quo en relación al fondo del asunto importa la absolución del ejecutado, y atendido lo establecido en el artículo 471 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia en alzada de fecha seis de enero de dos mil veinticinc

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