NN C/ CLAUDIO ANDRES ALVARADO GUENTELICAN
Rol
Fecha
5 de agosto de 2025
Materia
MALTRATO DE OBRA A CARABINEROS ART. 416 Y 416 BIS CODIGO DE JUSTICIA MILITAR
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes que se conocen, alegaciones de los intervinientes, estimándose que, hasta ahora, y a pesar de haberse agregado un informe social, no han variado sustancialmente las circunstancias tenidas a la vista al momento de decretarse la prisión preventiva del imputado; que existen indicios que resultan suficientes para considerar que la medida cautelar personal de prisión preventiva aparece proporcionada en atención a que la libertad de éste constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en razón del carácter y circunstancias de comisión; y, lo dispuesto en los artículos 122, 139, 140, 143, 144 y 155 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de fecha cuatro de agosto del año dos mil veinticinco, por la cual se sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado CLAUDIO ANDRÉS ALVARADO GUANTELICÁN por otras de menor intensidad y, en su lugar, se resuelve que se mantiene la referida medida cautelar personal al encartado de autos. Regístrese y devuélvase. Rol N° 281-2025 (Penal).
Fallo
se resuelve que se mantiene la referida medida cautelar personal al encartado de autos. Regístrese y devuélvase. Rol N° 281-2025 (Penal).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, a cinco de agosto del año dos mil veinticinco. VISTOS Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes que se conocen, alegaciones de los intervinientes, estimándose que, hasta ahora, y a pesar de haberse agregado un informe social, no han variado sustancialmente las circunstancias tenidas a la vista al momento de decretarse la prisión preventiva del imputado; que existen indicios que re
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