SIN INFORMACION

GONZÁLEZ VALDERRAMA, VICTOR MIGUEL/SUBSECRETARIA DEL INTERIOR

Rol

Fecha

5 de agosto de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y considerando. Primero: Que Víctor Miguel González Valderrama, de nacionalidad venezolana, recurre de protección en contra de la Subsecretaria del Interior por la omisión que estima ilegal y arbitraria en el pronunciamiento de su solicitud de regularización extraordinaria del artículo 155 número 9 de la Ley 21.325, alegando vulneración de su derecho constitucional de igualdad ante la ley. Expone haber presentado el 8 de junio de 2023 una petición de regularización extraordinaria, la que justifica por la crisis humanitaria que afecta desde hace más de una década a la República Bolivariana de Venezuela, sin que, al 11 de junio del presente año, haya recibido respuesta. Alega que esta omisión deviene en ilegal y arbitraria, en cuanto infringe los principios que informan el procedimiento administrativo, por lo que, previas citas legales, pide que se ordene al recurrido a que se pronuncie sobre su petición, dentro de los plazos previstos en su reglamentación, o el que esta Corte estime conforme a derecho. Segundo: Que informa Alejandra Salinas Silva, abogada de la Subsecretaría del Interior, y refiere que la petición del actor se encuentra en etapa de análisis ante el Servicio Nacional de Migraciones. Tercero: Que, requerido el Servicio Nacional de Migraciones, mediante su abogado, Roberto Ignacio Castillo Toro, pidió el rechazo del recurso por haber perdido oportunidad y eficacia, en cuanto, el 24 de julio de 2024, mediante Oficio 34833 fue remitida la petición del actor a la Subsecretaría del interior, concluyendo su injerencia en la tramitación. Cuarto: Que el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción cautelar destinada a amparar el libre ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo o providencias para restablecer el imperio del derecho y asegu

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se resuelve que SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Víctor Miguel González Valderrama en contra de la Subsecretaría del Interior, sin perjuicio de instar a la institución a concluir con la petición del actor en un plazo razonable. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. Rol N°1015-2025 Protección.-

Texto Completo (Preview)

González Valderrama, Víctor Miguel Subsecretaria de Interior Recurso de Protección Rol N°1015-2025.- La Serena, cinco de agosto de dos mil veinticinco. Visto y considerando. Primero: Que Víctor Miguel González Valderrama, de nacionalidad venezolana, recurre de protección en contra de la Subsecretaria del Interior por la omisión que estima ilegal y arbitraria en el pronunciamiento de su solicitud

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