BERNAL VIAL JOSE / INMOBILIARIA PARQUE INDUSTRIAL SANTIAGO SUR S.A. Y OTRO. ACUMULADOS INGRESOS DE CORTE N°1963-2023 CIVIL, 2105-2023 CIVIL, 2365-2024 CIVIL Y 2248-2024 CIVIL
Rol
Fecha
4 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: I.- En cuanto al Ingreso Corte 1806-2023 Civil Primero: Que la parte demandada Inmobiliaria Parque Industrial Santiago Sur S.A. dedujo recurso de apelación en contra de la resolución de 25 de agosto de 2023, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Buin, en causa Rol C-539-2022, que rechazó su solicitud de ampliación de prueba, presentada el 6 de mayo de 2023. Segundo: Que, al respecto cabe señalar, que en virtud del principio de preclusión, una etapa procesal sucede a la otra, y luego de terminado el periodo de discusión, la controversia ya está íntegramente planteada (contenida principalmente en la demanda y la contestación, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 312 del Código de Procedimiento Civil), pasándose luego a la etapa de prueba en la que se acreditarán los extremos fácticos de la petición deducida y las defensas opuestas, para luego fallar conforme al mérito de las probanzas rendidas y las consideraciones jurídicas que el tribunal estime aplicables a la especie. Excepcionalmente el legislador adjetivo permite que formen parte de la controversia principal hechos acaecidos antes o durante la etapa de discusión, pero que no fueron alegados por las partes por no haberlos conocido, así como también hechos verificados con posterioridad a dicho estadio procesal pero sustancialmente relacionados con el asunto debatido (Maximiliano Silva Hanish. Revista de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso N°48, Valparaíso julio 2017. En Revista Scielo.cl). Tercero: Que, en efecto, el artículo 321 del Código de Procedimiento Civil preceptúa, en lo pertinente: “… es admisible la ampliación de la prueba cuando dentro del término probatorio ocurre algún hecho substancialmente relacionado con el asunto que se ventila. “Será también admisible la ampliación a hechos verificados y no alegados antes de recibirse a prueba la causa, con tal que jure el que los aduce que sólo entonces han llegado a su conocimiento”. Cuarto: Que, no resulta veros
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, con lo dispuesto en los artículos 186, 187, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se declara que: I.- Se confirma la resolución apelada de fecha 25 de agosto de 2023. II.- Se confirma la resolución apelada de 3 de julio de 2023. III.- Se confirma la resolución apelada de 4 de agosto de 2023, del cuaderno número 4 sobre objeción de documentos. IV.- Se confirma, en lo apelado la resolución de 1 de abril de 2024. IV.- Se confirma, en lo apelado, la resolución de 22 de enero de 2024. Redacción del ministro suplente Hernán García. Regístrese y devuélvase. Rol N°1806-2023 Civil (acumulados los lngresos Corte N°1963-2023 Civil, N°2105-2023 Civil, N°2365-2024 Civil, y N°2248-2024 Civil). Pronunciada por la Cuarta sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por la ministra señora Celia Catalán Romero, ministro (S) señor Hernán García Mendoza y la abogada integrante señora Gabriela Carrasco Tobar. No firman el ministro (S) señor Hernán García Mendoza y la abogada integrante señora Gabriela Carrasco Tobar, quienes no obstante haber concurrido a la vista de la causa y posterior acuerdo, se encuentran ausentes.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, cuatro de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: I.- En cuanto al Ingreso Corte 1806-2023 Civil Primero: Que la parte demandada Inmobiliaria Parque Industrial Santiago Sur S.A. dedujo recurso de apelación en contra de la resolución de 25 de agosto de 2023, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Buin, en causa Rol C-539-2022, que rechazó su solicitud de ampliación de prueba, presen
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