JUZGADO DE FAMILIA PUNTA ARENAS

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

4 de agosto de 2025

Materia

ALIMENTOS, AUMENTO

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que, para la regulación del monto que se solicita a título de alimentos se deben ponderar las necesidades del alimentario en relación a las facultades económicas del deudor, tomando en cuenta que ambos padres deben contribuir a aquellos, por lo que se estima más condigno en el presente caso, conforme al mérito de los antecedentes fijar los aludidos alimentos en la suma que se dirá, sin perjuicio de lo que se resuelva en su oportunidad con mayores y mejores elementos de convicción. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 3 inciso primero, 4 inciso sexto de la Ley N°14.908 y 67 N°2 de la Ley...

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 3 inciso primero, 4 inciso sexto de la Ley N°14.908 y 67 N°2 de la Ley...

Texto Completo (Preview)

Punta Arenas, cuatro de agosto de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que, para la regulación del monto que se solicita a título de alimentos se deben ponderar las necesidades del alimentario en relación a las facultades económicas del deudor, tomando en cuenta que ambos padres deben contribuir a aquellos, por lo que se estima más condigno en el presente caso, conforme al mérito de lo

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